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Jurisdicción indígena, ¿al Rojas Birry o al rojo vivo?

14 de mayo de 2012 - 06:16 p. m.

Lo que está sucediendo con el ex personero Rojas Birry es una muestra más de las dificultades que plantea la jurisdicción indígena.

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En esta misma columna habíamos debatido en torno a esta institución jurídica cuando, por las denuncias de las mujeres indígenas del norte del Cauca, el país conoció el caso de un indígena que violó a sus tres hijas y fue condenado a 5 años de trabajos comunitarios por la autoridad del cabildo. El sentimiento de injusticia que en aquel entonces expresaban las mujeres indígenas, en especial la madre de las niñas agredidas; lo manifestamos hoy los bogotanos.

La loable intención de la Constitución de 1991 es defender la diversidad étnica y cultural que nutre nuestro país, para lo cual es necesario preservar las tradiciones y las autoridades indígenas. Así se consagraron varios derechos y protecciones, entre ellas, la jurisdicción especial indígena para que sean las propias autoridades quienes juzguen, dentro de su territorio, las faltas de los indígenas. Sin embargo, han aparecido casos que debilitan la figura y plantean debates interesantes sobre sus límites y alcances, el de Rojas Birry es uno de ellos.

El personaje fue sancionado por la Procuraduría General de la Nación; lo destituyó y lo inhabilitó por 12 años. Ahora la justicia penal lo condenó por enriquecimiento ilícito a 8 años de prisión y una multa de 400 millones; pero no ha pedido ser capturado porque la guardia indígena de los Emberas dice que son ellos los competentes para su juzgamiento, y que por lo tanto no dejarán que sea capturado por las autoridades nacionales. Sin embargo el Consejo Superior de la Judicatura sostiene que no ha recibido este conflicto de competencia. El hecho podría y debería considerarse como un delito, pues están obstruyendo su captura y la ejecución de las decisiones de autoridades legítimas. Sorprende, entonces, que ninguna autoridad nacional proteste contra esta afrenta contra los colombianos y en especial los bogotanos que fuimos burlados en nuestra confianza nada menos que por el Personero de la ciudad.

El debate sobre la jurisdicción competente no tiene cabida. Rojas Birry es indígena pero se venía desempeñando como Personero, un cargo donde representa los intereses de todos los bogotanos y los colombianos en general. Además el delito no se cometió en territorio indígena ni con ocasión de su condición de indígena. Cuando un caso es interno, es decir agresor y víctima son indígenas de un mismo cabildo el asunto compete evidentemente a la jurisdicción del cabildo. Sin embargo, cuando el conflicto involucra dos culturas indígenas distintas, será necesario buscar mecanismos para armonizar las tensiones; más aún cuando la cultura general se encuentra con la indígena.

Lo que pretenden los Embera es que la jurisdicción se decida por la calidad del delincuente; es decir que todo indígena sea juzgado por las autoridades indígenas. Aquello excede las disposiciones constitucionales y los fundamentos del derecho. La víctima es el sentido mismo de la acción penal. Como ninguna otra, la justicia penal tiene aspectos de reivindicación para la sociedad que ha sido afectada y que es protegida por el Estado. Cuando la víctima es indígena parecería sensato que fuera su comunidad la llamada a buscar la reparación y tendrá que hacerlo atendiendo a los límites que impone la Constitución y las garantías propias de la seguridad jurídica. Así mismo, cuando la sociedad afectada es la comunidad general, como en el caso de Rojas Birry, es la justicia ordinaria –que nos representa- la encargada de sancionar.

Los criterios otorgados la Corte Constitucional al respecto sostienen que la autonomía de las autoridades indígenas debe ser mayor en la medida en que las comunidades conserven sus tradiciones. Ese mismo criterio tiene cabida aquí, pues Rojas Birry dejó el liderazgo indígena y local para ocupar un importante cargo de control en la ciudad de Bogotá. Aquello lo coloca frente a las responsabilidades que le corresponden a este tipo de funcionarios, y lo aleja de las tradiciones indígenas. El intento de los Emberas es un mal paso para todos los indígenas. Por una parte, el incidente aparece ante los ojos de la sociedad como un intento para proteger a Rojas Birry de las sentencias que pesan en su contra. Además, debilita la pretensión de que los indígenas puedan ocupar cargos nacionales de poder; pues la sociedad no querrá funcionarios públicos capaces de burlar las leyes y tener una jurisdicción que para nosotros tiene tintes de impunidad. Aquello lo entendieron las autoridades indígenas del Cauca que, aunque no tienen que ver con los Embera del Chocó, tienen un buen manejo político de los asuntos.

Esperamos que los demás personajes que participaron con DMG sean procesados y sancionados; así como también quienes hicieron parte del Carrusel de Contratación.

@PalomaValenciaL

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