NADIE IMAGINÓ QUE IBA A TENER ese impacto en nuestra historia jurídica el comentario que le hizo al ex magistrado de la Corte Constitucional Manuel José Cepeda, Daniela, su hija de 5 años: “Papi, haz algo”, le dijo ella cuando él le explicó que esos niños que pedían limosna en ese semáforo eran desplazados por la violencia.
Pues bien, la recriminación de su única hija golpeó tanto al magistrado que decidió, con la colaboración de sus colegas Jaime Córdoba y Rodrigo Escobar Gil, acumular las cerca de cinco mil demandas que por violación de derechos había de los desplazados, y dictar la Sentencia T025 del 2004, que estableció la existencia de un “estado de cosas inconstitucional” para esos tres millones largos de colombianos a quienes se les violan sus derechos: el derecho a la identidad, pues muchos, para ocultarse, abandonan su territorio sin documentos y, por ende, pierden sus demás derechos: el derecho a la generación de ingresos, a la salud (el carné del régimen subsidiado no es trasladable), a la vivienda digna, a la propiedad, a la educación (a los niños se les dificulta conseguir escuela en otro lugar), etc.
La Corte asumió, pues, la defensa de la Constitución y conminó al Gobierno a garantizar que los desplazados gocen de sus derechos. Así, puso a correr a los responsables de la ejecución de esas políticas, quienes podrían ser acusados de desacato y parar en la cárcel. Son ellos el director de Acción Social, la directora de Planeación Nacional y los ministros del Interior y de Hacienda, entre otros. Además, la Corte nombró veedores de las acciones gubernamentales (Procuraduría, Defensoría del Pueblo, Contraloría, Acnur y la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre el Desplazamiento Forzado, integrada por ONG como Codhes, Dejusticia, Viva la Ciudadanía, la Iglesia y personalidades de la sociedad civil).
La Corte también le ordenó al Gobierno presentar informes sobre sus avances en el tema, y le solicitó a la Comisión de Seguimiento que realizara una verificación científica del proceso. Ésta nombró para ello al destacado economista Luis Jorge Garay, quien propuso indicadores para complementar los establecidos por el Gobierno y, mediante una gran encuesta, midió el grado de cumplimiento de los derechos de los desplazados. En enero de 2008 presentó el primer estudio, que estableció que esa población no goza de sus derechos constitucionales. Y, en noviembre, la primera encuesta de verificación constató que, salvo mejoras en los indicadores relacionados con la cobertura de educación y afiliación al régimen subsidiado de salud, continuaba existiendo precariedad extrema en la observancia de los derechos de los desplazados. Se estableció, además, que debían reformarse las políticas vigentes para vivienda, restitución de tierras, generación de ingresos y reparación por los delitos de los que los desplazados han sido víctimas. En diciembre se confrontó esa encuesta con otra mandada a hacer por el Gobierno, y en enero la Corte concluyó que continuaba el estado de cosas inconstitucional. Entonces ordenó que en julio de 2010 la Comisión de Seguimiento presente una nueva verificación.
En ese momento la Corte, que ya no tiene entre sus miembros a Cepeda, a Córdoba y a Escobar, pero que está presidida por Nilson Pinilla, un desplazado de la violencia, determinará si ha mejorado el goce de derechos de los desplazados, o si continúa el estado de cosas inconstitucional y ha habido desacato.
Todo ello gracias a Daniela.