Hace algunos años, en Santander, conocí el trabajo de quienes conformaban la organización ambiental Compromiso. Entonces estaban dedicados medio tiempo a denunciar la alianza entre los partidos políticos y el paramilitarismo de la región. El otro medio tiempo lo pasaban promoviendo el referendo del agua. En su lista de prioridades figuraban también la equidad de género, la gobernanza del agua, la agricultura sostenible y las luchas barriales de Bucaramanga y Barranca. En su lista de estrategias figuraban las marchas, la educación popular técnica, la realización de documentales sobre historias ambientales municipales y el sostenimiento de una emisora comunitaria. Aunque decían apoyar al Polo, sus actividades iban mucho más allá de hacer campaña durante las elecciones.
Muchas cosas han pasado desde el mentado referendo. Después de que pasara por el Congreso y perdiera en las urnas, la intensidad del movimiento (que apoyaba la creación de un mínimo vital de agua) menguó. Sin embargo, fue quizás ese entusiasmo el que inauguró una buena racha para los movimientos ambientales del país.
Desde 1991 se había creído que, debido al artículo 332 de la Constitución, era el Estado central y no las entidades territoriales el que decidía sobre los sitios en los cuales podría llevarse a cabo la minería. Agarrado de esa interpretación, el Código de Minas señalaba que ninguna comunidad o autoridad regional o local podía excluir zonas de la minería. Pero en los últimos años la Corte Constitucional cambió las reglas, pues afirmó que las entidades territoriales y las comunidades también tienen competencia para adoptar decisiones sobre los proyectos de minería que se lleven a cabo en sus territorios. Distintas sentencias al respecto abrieron las puertas a los procesos de consulta como el reciente de Cajamarca, en los cuales las comunidades deciden sobre la explotación de minas en sus territorios.
El momento es de posibilidades. Una coalición de abogados, trabajando muchos desde la fundación Dejusticia en Bogotá, ha empujado varios de los procesos. La Corte Constitucional en ese contexto llena el vacío producido entre el descrédito del Ejecutivo y la mediocridad de los partidos políticos. Entre las satisfacciones que se viven, caben algunas precauciones de método. El primero, sobre la protesta como tal. Comunidades acostumbradas a pelear contra la exclusión de los pueblos que habitan y han construido suelen recurrir a un repertorio de resistencia, protesta y confrontación. En un presente de luchas ante las cortes, los repertorios y las palabras se van moldeando, transformando al lenguaje de las leyes y los precedentes, que tiene barreras de acceso (como la colaboración con experimentados abogados).
El camino es también estrecho y privilegia ciertos tipos de derechos. Así, es inevitable que se queden afuera de las sentencias otras agendas de justicia social, cambios en el modelo de desarrollo, reparación y redistribución. La camándula de reivindicaciones de Compromiso en Santander, por ejemplo, tendría que deducirse para entrar dentro de los párrafos de una tutela. En la pregunta de una consulta. De concentrarse todo el esfuerzo de esta movilización en las demandas y las sentencias, queda la protesta social a merced de las contingencias y de las decisiones de un número de jueces. Pues el día que falle la Corte en contra de uno de los proyectos ambientales, habrá poca posibilidad de refutar las decisiones. La Corte, envestida de superioridad moral, una guía sagrada por encima de la política, está blindada a cualquier crítica.