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Añoranza de poder

29 de octubre de 2009 - 11:20 p. m.

HUBO UNA ÉPOCA EN LA QUE LA Iglesia tenía la potestad de decidir qué conductas eran delictivas; eran los tiempos en los que no sólo detentaba el poder espiritual, sino que intervenía de manera decisiva en el manejo de los asuntos terrenales.

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Recuerdos de esa época son el tratamiento de la herejía, el adulterio y el homosexualismo como delitos sancionados con penas que podían llegar hasta la muerte del infractor.

Las batallas que en su momento dio la Iglesia para evitar que esas conductas abandonaran el Código Penal, hoy son historia en Colombia; en su lugar, se enfrenta al Estado de Derecho por el tratamiento que desde el punto de vista legal y jurisprudencial se está dando al aborto, aduciendo entre otras cosas que el derecho a la vida es absoluto en cuanto nadie distinto de Dios está autorizado para disponer de él. La tortura autorizada y practicada por la Iglesia respecto de los acusados de ser herejes, así como la espantosa muerte en la hoguera de los condenados por esas conductas y los miles de muertos que dejaron las Cruzadas contra los infieles, son una clara muestra de que ni siquiera desde la perspectiva religiosa hay derechos absolutos; sólo hay formas ilegítimas de atentar contra ellos.

Se puede afirmar, como lo hizo El Espectador la semana pasada, que el tema del aborto esté entre la religión y la ley. Pero esa frase debe ser interpretada en el sentido de que se trata de dos visiones distintas del mismo asunto: ni el Congreso tiene potestad para decidir lo que es pecado, ni la Iglesia tiene la facultad de señalar lo que es delito. Como el Congreso y la Corte Constitucional a través de las sentencias de exequibilidad son las únicas instituciones que tienen la potestad de definir qué es un crimen, resulta un contrasentido asegurar que la reciente jurisprudencia sobre el aborto “legalizó” un crimen, quizás queriendo decir que se le quitó la connotación delictiva a un pecado. Eso es tanto como sostener que cuando la Iglesia asegura que desear la mujer del prójimo es pecado, está “criminalizando” el deseo.

La orden impartida por la Corte en el sentido de que en los colegios se estudie la sentencia que autoriza en casos puntuales la práctica del aborto, no es sino la concreción de un deber general que el Estado tiene de enseñar las leyes que rigen en Colombia, en la forma como ellas son precisadas por la Corte Constitucional. Si un profesor considera que esos casos de aborto jurisprudencialmente autorizados son pecados, está en absoluta libertad de decirlo informando a los alumnos las consecuencias que desde el punto de vista religioso puede acarrearles la condición de pecadores. Puede incluso decir que está en contra de la sentencia y exponer las razones que tiene para ello; pero lo que no puede hacer es ocultar la existencia de la decisión, ni negar que mientras ella esté vigente es de obligatorio cumplimiento. Es lo mismo que puede hacer respecto de temas como la infidelidad o el homosexualismo: está en su derecho de calificar esas conductas como pecado, pero está en la obligación de decir a sus alumnos que no son delitos. Todo lo demás, no es nada diverso a una comprensible añoranza de poder terrenal.

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