¿PUEDE UN MÉDICO SOCORRER A UN delincuente sin convertirse en cómplice suyo? Ésta es una pregunta que de cuando en cuando se plantea, pero cuya solución es siempre polémica.
En realidad el problema no se reduce de manera exclusiva a los médicos sino que comprende otras profesiones de las llamadas liberales. Durante los años de más intensa confrontación entre el Estado y los grandes carteles del narcotráfico, algunos de sus capos buscaron la ayuda profesional de prestigiosos abogados; la circunstancia de que varios de ellos aceptaran asumir públicamente esas defensas generó una amplia controversia sobre lo ético de su comportamiento, que tuvo como consecuencia su marginación social; se los excluyó de las asociaciones profesionales, se los retiró de las universidades y se los vetó como conferencistas en eventos académicos.
Cuando se comenzaron a cuestionar públicamente las actividades de DMG, la prensa suministró el nombre de varios penalistas, tributaristas y contadores que habrían prestado sus servicios a los directivos de la cuestionada empresa. Las reacciones que se perciben sobre esas actuaciones son variadas, pues mientras algunos las ven como el normal ejercicio de una actividad profesional, otros las señalan como indebidas formas de colaboración con la delincuencia.
Si bien la frontera entre lo lícito y lo ilícito sólo puede establecerse mediante el análisis de cada caso concreto, de manera general puede decirse que mientras la ayuda prestada por el profesional no haga parte de un plan delictivo o constituya una forma de encubrimiento, su conducta debe ser considerada como lícita. Cuando un cirujano plástico es contratado para alterar la fisonomía de alguien buscado por las autoridades, su comportamiento no puede considerarse como correcto porque voluntariamente ayuda a un criminal a evadir la acción de la justicia; si, por el contrario, un médico es buscado para que atienda a un delincuente que ha sido herido de bala en un enfrentamiento con la policía, su conducta es perfectamente lícita, en cuanto se limita a cumplir con los mandados propios de su profesión sin involucrarse en las actividades delictivas del paciente; de hecho, si ese herido llegara a una clínica los médicos tendrían obligación de atenderlo, aun cuando de manera paralela deban informar sobre el hecho a las autoridades. Aún más, cuando en desarrollo de combates con la guerrilla el ejército encuentra subversivos heridos, suelen ser los médicos de las fuerzas armadas quienes les prestan los primeros auxilios, en una actitud tan humanitaria como profesional.
Con los abogados ocurre algo similar; cuando uno de ellos diseña estrategias para legalizar bienes producto del narcotráfico, pone sus conocimientos al servicio de un plan delictivo y debe responder por ello; si, en cambio, el penalista asume la defensa de un narcotraficante, un cabecilla subversivo o un violador, su conducta es perfectamente lícita; incluso, si ningún abogado quisiera representar a esas personas, el Estado le impondría esa obligación a alguno, para respetar el derecho constitucional de defensa que tiene todo ciudadano. No conviene entonces censurar de manera generalizada a los médicos o abogados por el solo hecho de que a veces los destinatarios de sus servicios sean personas al margen de la ley.