El Procurador hizo explícito que la primera versión de Yidis Medina, acerca del voto que le dio vía libre al proyecto de modificación de la Constitución que permitió la reelección presidencial, y la segunda, en la que se contradice, plantean una “duda razonable”. Como se recordará, la ex congresista – hoy en detención domiciliaria por el delito de cohecho, después de que la Corte Suprema de Justicia la condenó y en su sentencia afirmó que hubo una “compra de conciencia en aras de obtener un beneficio particular”- inicialmente sostuvo ante la misma Procuraduría y el Consejo de Estado que votó favorablemente el proyecto de la reelección por disciplina de partido y debido a que logró asegurar partidas oficiales en beneficio del Magdalena Medio. El hecho de que más adelante hubiese modificado su versión, estima el Procurador, no es suficiente para continuar con el caso. Es más, argumentando la existencia de esa “duda razonable”, mandó el caso a archivo.
La otra razón de peso, aun más controvertible, para no continuar con las investigaciones disciplinarias, se funda en la supuesta inexistencia de pruebas lo suficientemente contundentes que lleven a inferir que hubo, de parte de algunos funcionarios, desviación de poder y presiones indebidas. En la medida en que Medina se negó a revalidar ante la Procuraduría la versión que le entregó a la Corte Suprema, sostiene el procurador Ordóñez, el testimonio por el que fue condenada no fue ni validado ni considerado. Sin embargo, pese a que la ex congresista en efecto no asistió al primer careo con la Procuraduría por problemas de salud, y en el segundo, en la cárcel del Buen Pastor, se acogió al principio que reza que “nadie puede ser obligado a autoincriminarse”, hubo un tercer escenario, ante la Fiscalía, en el que respondió algunas preguntas del ministro Palacio, y en otras, nuevamente optó por no autoincriminarse. De ahí a aceptar que no hubo espacio para un contrainterrogatorio, como lo sugiere el procurador Ordóñez, hay un trecho enorme que tiene mucho de interpretación subjetiva. Tanto es así que el propio ministro Palacio, aprovechando que en más de una pregunta Medina se contradijo, le solicitó al entonces procurador, Edgardo Maya, que tuviese en cuenta el contrainterrogatorio que se llevó a cabo en la Fiscalía antes de cerrar la investigación.
Más allá de las razones esbozadas para dar por terminado, en su dimensión disciplinaria, el polémico caso de la yidispolítica, no deja de ser confuso, por lo menos para el ciudadano de a pie que escapa a los tecnicismos jurídicos demostrados a cabalidad por el procurador Ordóñez, el que con esta decisión el delito de cohecho exista única y exclusivamente de parte de la ex parlamentaria Medina. Para su existencia se requerían dos, pero ahora se nos dice que con uno basta. O que nunca ocurrió, y sin embargo una persona cumple una condena por algo que, entonces, nunca realizó.
Por lo demás, el ex procurador Edgardo Maya, antes de cumplir con su período reglamentario, hizo explícito que los funcionarios involucrados, abusando de sus posiciones públicas, utilizaron sus cargos para apoyar la reelección y asistir a quienes los beneficiaban en el Congreso. En ello ya hay otra contradicción que requiere una explicación de fondo. La Fiscalía, no huelga repetirlo, tiene la palabra. Porque como están las cosas, todo suena a mucho de política y muy poco de justicia.