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Sobre la libertad de cátedra

ALGUNOS HISTORIADORES, NO HAce mucho, se dieron a la tarea de modificar las premisas básicas del siglo XX.

02 de junio de 2009 - 06:00 p. m.
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Camuflados de revisionistas, adujeron en más de una ocasión que la cifra de los seis millones de judíos que todos suponíamos asesinados en los campos de concentración, en realidad era menor. Que no existían pruebas concluyentes de que los nazis tuviesen por política de Estado exterminar a los judíos y que, por consiguiente, hablar de holocausto era discutible. Del revisionismo que practican de buen gusto muchos historiadores, se pasaba al negacionismo. Y la reacción no se hizo esperar. En más de un país europeo no solo quedó claro que una enseñanza como esa iba más allá de la libertad de cátedra, sino que se decidió, en adelante, por imponer penas privativas de la libertad. David Irving, quien llegó a negar las cámaras de gas de Auschwitz, fue arrestado en noviembre de 2005, en Austria, y condenado a un año de prisión.

La captura del profesor universitario Miguel Ángel Beltrán, deportado la semana pasada de México —porque según el Gobierno colombiano, con base en la información contenida en el computador de Raúl Reyes, en realidad se trata de Jaime Cienfuegos, relevante miembro de las Farc encargado de las labores de insurgencia y adoctrinamiento en las universidades—, abre una discusión similar frente a los límites que le asisten a la libertad de cátedra. Más allá de si el Estado colombiano está o no en lo cierto frente a la verdadera identidad de Miguel Ángel Beltrán, reconocido académico de la Universidad Nacional que se encontraba adelantando un posdoctorado en la Universidad Autónoma de México y a quien en más de una institución educativa aprecian y respetan por sus labores académicas, cuestiones de difícil resolución quedan en el aire.

¿Debe abstenerse de enseñar, por ejemplo, el profesor de ingeniería química que, aun sin quererlo, estaría sugiriendo en su laboratorio la forma adecuada de procesar cocaína? ¿O de conseguir una bomba molotov? Y más allá del conflicto colombiano, ¿puede un profesor de ética, en la formulación de una pregunta para el examen final de su materia, pedir que se enumeren las razones por las que la práctica del aborto es una injusticia? Con seguridad que los estatutos universitarios permiten dirimir algunas de las polémicas. Y todo dentro de los límites que fija para ello la Constitución del 91, así como la sentencia de la Corte Constitucional que, enhorabuena, eliminó la idea de que determinadas posturas atentan contra la moral y las buenas costumbres.

Frente al profesor de historia que, basado en una interpretación de los hechos que enseña, llega a la conclusión de que el paramilitarismo, dada la debilidad del Estado y la fortaleza de la insurgencia, es un mal necesario, incluso una estrategia legítima, poco o nada podrá objetar el alumno que disiente. Y ello pese a que tal teoría, defendida hoy mismo a capa y espada por más de un colombiano, pueda ser rebatida. Puesta así, sigue siendo una opinión más que habría que controvertir.

Otra cosa ocurriría con el profesor que en su curso sobre la historia de la violencia reciente en Colombia parte de la base de que las Farc nunca han secuestrado. En los casos en que la mentira es flagrante, ahí en donde las pruebas no aparecen por ningún lado y el profesor está más interesado en desinformar, la denuncia estudiantil y su posterior sanción estarían más que justificadas.

La libertad de cátedra, entonces, tiene por límites la veracidad de los hechos narrados y la propia ética del profesor. Pero las ideas, subversivas o reaccionarias, si han sido enunciadas en el contexto de las características de debate y discusión propias de la universidad, no permiten censura alguna.

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