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Libertad de expresión y protección a las minorías

SUMERGIDOS COMO VIVIMOS EN nuestra agitada agenda noticiosa nacional, muchas veces reflexiones internacionales de profundo calado en la formación de las sociedades pasan de largo en el debate público colombiano.

05 de marzo de 2011 - 08:00 p. m.
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No debería suceder así con la interesante reflexión que se desprende de la decisión, histórica a nuestro juicio, que tomó esta semana la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos, al decidir que las acciones de un grupo radical religioso que irrumpe en los funerales de soldados estadounidenses caídos en guerra y con pancartas ofensivas que atribuyen esas muertes a la tolerancia con los homosexuales en las filas, están protegidas por la libertad de expresión.

Tradicional ha sido la defensa que la Corte estadounidense y en general su sociedad ejerce sobre la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que protege la libertad de religión, de expresión y de prensa al punto de que impide que el Congreso pueda tramitar ley alguna que las pretenda controlar. El caso que la Corte Suprema estadounidense resolvió el pasado miércoles, sin embargo, no era nada fácil de enfrentar.

 “¡Gracias, Dios, por los soldados muertos!”, “¡Soldados maricones!”, eran algunos de los mensajes en las pancartas que portaban los manifestantes de la Westboro Baptist Church durante los funerales del soldado Lance Matthew Snyder, de 20 años, muerto en Irak. Ofendido y en medio de su dolor, Albert Synder, el padre del soldado, demandó al pastor Fred Phelps, conductor de la iglesia, por difamación y violación de la vida privada y de hecho, en un fallo de primera instancia, ganó una indemnización cercana a los cinco millones de dólares por “daño moral”. La decisión fue revocada por un tribunal de apelaciones y por eso el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia.

Varios derechos estaban en juego en esta decisión. El derecho a la intimidad del soldado y de su familia, el derecho al respeto a una minoría como la comunidad homosexual y el derecho a la libertad de religión y de expresión de los manifestantes, cuando menos. Se trataba de uno de esos casos que el jurista español Manuel Atienzar define como un caso trágico, esto es, aquel en que el juez se ve enfrentado a una decisión que en cualquier sentido supone daño para algún bien esencial. ¿Vale más la protección de una minoría como, en este caso, la comunidad homosexual, o el derecho a una creencia religiosa y a su expresión absolutamente libre? Y como corolario, ¿hace más bien a una sociedad permitir un debate de corte tan agresivo contra una minoría que ponerle límites?

“La palabra es poderosa —dijo la Corte estadounidense en su sentencia—. Puede empujar a las personas a actuar, hacerlas llorar, de alegría o de tristeza, e infligirles, como en este caso, un gran sufrimiento. Pero no podemos responder a ese sufrimiento castigando a quien se ha expresado”. Y agregó: “Como nación, hemos elegido un camino diferente, que es proteger la libertad de expresión, incluso cuando ella puede herir en cuestiones sociales, de modo que no ahoguemos el debate público”. Ante todos los derechos esenciales en juego, la Corte se decidió, con ocho votos a favor y uno en contra, por proteger la libertad de expresión.

El ejemplo de esta decisión para el debate público local, que en su polarización llega a extremos similares de agresividad y llama a muchos a añorar el silenciamiento de los más radicales, resulta pertinente y significativo. La protección de esa libertad de expresarse en sus creencias, por dementes que puedan ser, es un bien supremo de toda sociedad libre y es ella misma en su conjunto la que debe aprender a rechazar, y más que rechazar a aislar, el discurso de los agresivos, sin entrar en la búsqueda de mecanismos para callarlos. Ejemplar.

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