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Más allá de las pasiones

A los diez años de ser creada la ONG Colombia Diversa, que lucha de forma juiciosa por la inclusión de la comunidad LGBTI, nos enteramos, también, de que en la Corte Constitucional hace curso una ponencia que luce desfavorable a sus intereses.

19 de noviembre de 2014 - 10:14 p. m.
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El autor de la ponencia es el magistrado Jorge Pretelt y su postura, a juicio de Mauricio Albarracín, director ejecutivo de Colombia Diversa, es un retroceso en los avances que se han logrado en los últimos años en materia de derechos. Opina el abogado que se trata de una traición “al espíritu igualitario de la Constitución”.

La ponencia de 118 páginas fue conocida por este diario y responde a las cinco tutelas que llegaron a la Corte para que aclarara, de una vez, las dudas que existen sobre el matrimonio igualitario en Colombia: eso de que una pareja del mismo sexo pueda casarse sin impedimento alguno, recibiendo los mismos derechos que una heterosexual, la misma protección, los mismos beneficios jurídicos (que no son pocos). Resulta fácil pensar que dar a unos y otros una institución distinta, por razones que sólo obedecen a la orientación sexual, es discriminar. Pero el debate, justamente por las hondas posturas ideológicas que afecta, es mucho más complejo.

El magistrado se distancia de esta elemental tesis. En su ponencia queda registrada toda una cadena de argumentos que apuntan a una sola cosa: las celebraciones de uniones homosexuales ante jueces y notarios que esta comunidad ha hecho en los últimos meses no serán matrimonios sino uniones solemnes. El trato diferenciado será, de aprobarse la ponencia, una realidad efectiva. De nuevo.

Este es, sin duda, el resultado de la sentencia que profirió la misma corporación en 2011: un fallo incierto en el que invitaba al Congreso a legislar sobre dicha unión, con una condición perentoria: de no cumplir en un tiempo determinado esa tarea, las parejas podrían ir a ciertas instancias a formalizar su vínculo. De lo cual se desprenden dos lecturas, muy acordes, insistimos, con la tendencia ideológica de cada quien: matrimonio, decían unos; “otro tipo de unión”, decían otros. La duda, alimentada por el intenso debate que esta clase de realidades despierta, no quedaría en eso. El boquete estaba abierto para que nuevos argumentos entraran a jugar.

Suena razonable el magistrado Pretelt al decir que el único que puede fijar esa institución del matrimonio es el Congreso: reformando el Código Civil, que está pensado (hace un siglo, no sobra decirlo acá) para matrimonios de distinto sexo. No es de la Corte, dice, ponerse a legislar normas cuando lo que tiene que hacer es proferir sentencias. En el sentido más purista del derecho, y de la división del poder público en Colombia, tiene toda la razón.

Pero el derecho es dinámico, también. Sobre todo el constitucional. En profusa jurisprudencia, la Corte ya había aclarado el concepto amplio de familia y enunciado otras reglas que protegen, de forma directa, los derechos de esta comunidad. Si existe una duda de este estilo sobre la aplicación del matrimonio, ¿por qué no dar una respuesta favorable a una población que ha sido históricamente discriminada? ¿No es esa la idea de la Constitución, una norma que está por encima del Código Civil?

Al parecer no. De ser favorable, en efecto, habría una desprotección a derechos que ya fueron concedidos en el pasado. Un retroceso gigante. Estamos a la espera del fallo: pero ojalá esta propuesta (que claro que debe llegar al Congreso rápido para que las leyes sean claras y efectivas) sea debatida con la altura que merece. Mucho más allá de las pasiones.

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