El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.

Quemar fotografías como crítica política

Mientras en Colombia los magistrados de la Corte Suprema de Justicia son tímidos (cuando no directamente hostiles) en los casos que involucran la libre expresión, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de dar una cátedra sobre la importancia de proteger la crítica en todas sus manifestaciones, así incomode a los poderosos y ofenda las “buenas costumbres”.

16 de marzo de 2018 - 09:00 p. m.
PUBLICIDAD

En el 2007, según cuenta El País de España, Enric Stern y Jaume Roura, independentistas catalanes, quemaron una foto de los reyes de ese país. Esto en una protesta en la víspera de la visita del rey Juan Carlos a Girona.

Por esos hechos, el tribunal llamado Audiencia Nacional los condenó a una multa de 2.700 e, bajo la amenaza de que si no la pagaban irían hasta 15 meses a la cárcel. ¿El motivo? Cometer injurias contra la corona española. Después de varios años de apelaciones, el Tribunal Constitucional ratificó la decisión en el 2015 argumentando que se trataba de un tipo de expresión que incitaba y promovía el odio por motivos de intolerancia. Pobre rey de España, parecían decir los tribunales españoles, no tiene por qué sufrir ese tipo de críticas.

Por fortuna, como España pertenece a la Unión Europea, suscribió el Convenio Europeo de Derechos Humanos que es protegido por el TEDH. Estudiando el caso, el tribunal decidió lo obvio: quemar la fotografía del rey es una expresión protegida y España está violando indebidamente (y preocupantemente, agregamos nosotros) los derechos de sus ciudadanos al amenazarlos con la prisión si no evitan ese tipo de manifestaciones.

En palabras del TEDH, retomadas por El País, “la libertad de expresión se extiende a ‘informaciones’ e ‘ideas’ que ofenden, chocan o molestan (…). (Eso forma parte de las condiciones de) pluralismo, tolerancia y amplitud de miras sin las cuales no hay una ‘sociedad democrática’”.

Más interesante aún, y de lectura obligatoria para todos los jueces colombianos, es la explicación que se da en la decisión (unánime entre los magistrados del tribunal, por cierto) de por qué no estamos ante un discurso de odio. Para el tribunal, la crítica en cuestión es “política, más que personal, de la institución de la monarquía en general y en particular a la monarquía española como nación”. Los manifestantes plantean “una denuncia de lo que el rey representa como jefe y símbolo del aparato del Estado y de las fuerzas que, según los denunciantes, ocuparon Cataluña”. Eso, concluye, “entra dentro de la esfera de la crítica política o la disidencia” y, por tanto, “corresponde a la expresión de rechazo de la monarquía como institución”.

¿Que la quema es provocadora? Por supuesto. De eso se trata: una crítica en busca de atención, una materialización del desespero que sienten los protestantes. ¿Que puede no ser la manera más efectiva de darse a entender? Ese no es el punto. Por supuesto, uno puede estar en desacuerdo con la forma y el fondo de la expresión, pero lo que no podemos permitir es que los estados utilicen sus aparatos judiciales para silenciar a quienes incomodan. Abundan en la historia los ejemplos de lo que ocurre cuando se abre esa puerta y nos empezamos a sentir cómodos con la censura.

¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a yosoyespectador@gmail.com

Conoce más
Ver todas las noticias