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Reparación judicial, una improvisada propuesta

PESE A QUE HA LIDERADO EL ORDEN del día de la Comisión Primera de la Cámara durante varias semanas, la ley de víctimas sigue sin discusión.

07 de noviembre de 2008 - 06:00 p. m.
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Se espera que este martes se le dé vía libre al debate y desde ya se vaticina que el tema de las víctimas de Estado y la modalidad que se utilizaría para su reparación coparán la atención de ponentes y opositores al trascendental proyecto de ley impulsado por el senador liberal Juan Fernando Cristo.

Si anteriormente en el discurso presidencial reconocer las víctimas de Estado era también “desmoralizar las tropas”, además de sinónimo de aceptación de una política gubernamental encaminada a propósitos terroristas, la nueva coyuntura internacional y el tema de las mal llamadas “ejecuciones extrajudiciales” han permitido un cambio de postura. Tras haberse negado a incluirlas en el amplio universo de víctimas, el presidente Álvaro Uribe aceptó que las víctimas de Estado pudieran ser reparadas por la vía judicial.

A diferencia de las víctimas de actores armados ilegales, reparadas judicial y administrativamente, las víctimas de Estado estarían obligadas a comparecer ante un juez para probar su condición de víctimas y acceder a los beneficios de una reparación. Ciertamente, el camino escogido es el convencional. Como lo explicó el viceministro de Justicia, Gilberto Orozco, la propuesta del Presidente “es concordante con la jurisprudencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de que cuando haya responsabilidad de agentes del Estado debe hacerse mediante sentencia judicial ejecutoriada y no por la reparación administrativa”.

Cuando el universo de víctimas es muy amplio, como ocurre en el caso colombiano, y dado que los jueces pueden tardarse mucho tiempo en pronunciarse, es legítimo y deseable que los Estados incorporen otros mecanismos. De ahí que la vía administrativa se haya convertido en una herramienta de reparación útil y válida en el caso de las víctimas de los actores armados ilegales. Otra cosa ocurre con las demás, que no son pocas y por cierto no se reducen a los recientes casos de “falsos positivos”, y ello debido a que las instancias administrativas en Colombia no están facultadas para reconocer la responsabilidad del Estado y, por ende, tampoco dan lugar a una reparación integral que garantice no sólo el reconocimiento de la responsabilidad del Estado en las acciones violentas, sino el derecho al perdón, la verdad y la justicia.

Dado que el Presidente no parece decidido a reconocer la responsabilidad del Estado, y en ausencia de una comisión de la verdad facultada para hacerlo, como ha ocurrido en otros conflictos, la vía más expedita es la del juez. La intención gubernamental es entonces la correcta pero, por no estar debidamente explicada, efecto del oportunismo y del súbito cambio de criterio, sigue siendo ineficaz.

La vía judicial para acceder a la reparación no está exenta de problemas. La víctima tiene que esperar en promedio de 11 a 13 años para acceder a una sentencia del Consejo de Estado, y más de 20 para llegar a la decisión definitiva de un juez penal —el Palacio de Justicia es sólo un ejemplo—. Así como está sugerida, la vía judicial es igual de lenta que cualquier otro proceso y por simple efecto del procedimiento se llega a una doble victimización. Peor aún, en nada cambia lo que tenemos en la actualidad con lo que está sugiriendo el Gobierno en su improvisada propuesta.

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