En 2010 ingresó a un tratamiento intramural recomendado por el médico que lo atendió, pero debido a que su familia no podía asumir los costos —y tras haber solicitado a su EPS que lo hiciera, sin respuesta de ningún tipo— abandonó el tratamiento. Mas no la lucha.
Dos instancias judiciales negaron la gratuidad del tratamiento hasta que el caso llegó a la Corte Constitucional, que dio una lectura diferente: dada la circunstancia de que sea un caso grave, que el paciente tenga la voluntad de curarse y siempre que no cuente con los recursos necesarios para las respectivas medidas médicas, la EPS a la que esté afiliado deberá asumir los costos del tratamiento.
Un avance no sólo en la lucha de Zambrano, sino de miles de adictos que, por extensión, están comprendidos por esta ‘subregla’ que desarrolló la Corte: “El sistema general de salud debe brindar la atención que requieran las personas que padecen de drogadicción crónica, a través de las EPS o instituciones públicas o privadas que tengan convenio con el Estado”. Es un acierto. Muchas de las personas que critican el problema de las drogas lo ven por el lado que no es: la moral, la seguridad, la decencia o las buenas costumbres. Y no. Es un problema que se reduce al fuero interno de cada persona y a su salud.
Una de las grandes batallas que se dan a la hora de pedir la despenalización de las drogas tiene como elemento subyacente el tema de la salud: no sólo porque (en la mayoría de los casos) el adicto representa un problema sobre sí mismo, sino porque con ese enfoque pueden encontrarse soluciones mucho mejores al problema del consumo de drogas: la identificación de los consumidores, por ejemplo, hoy tapados todos bajo una cobija muy grande que no permite la distinción entre los ocasionales, experimentadores, habituales, enfermos y otros; las campañas preventivas, la información amplia que sobre drogas existe en el mundo, los tratamientos para el abandono del vicio y muchas otras cosas.
La Corte ha dado un paso importante. La implementación de esta nueva regla, pese a las quejas de índole moral que puedan existir, debe hacerse lo antes posible. Es un tanto desalentador que se haga bajo el modelo de una tutela, dos instancias y finalmente una decisión del alto tribunal en torno al derecho fundamental de la salud. Pero, sin duda, constituye un avance. Sobre todo en tiempos en que se habla cada vez más y más de adelantar un cambio de enfoque (mundial) en torno a la lucha antidrogas: se ahorraría mucho si este cambio se da.
Como lo hemos dicho muchas veces, la transformación del debate a nivel mundial no se dará de un día para otro. Falta destapar todo lo que está en juego por debajo. Pero es posible que se llegue: con una apertura de puerta de este estilo se avanza a pasos lentos pero seguros. Sólo esperamos que en torno a este nuevo fallo no sean opuestos (sacrificando la salud de los pacientes) argumentos que excedan el análisis jurídico y sociológico que ha hecho la Corte. Es posible que también los legisladores piensen en cambiar la visión punitiva que se tiene a este respecto. Podríamos adelantarnos en muchos temas a raíz de este fallo. Es hora, pues, de reabrir el debate.