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Equivocación constitucional

En la designación de algunos altos servidores públicos, el constituyente de 1991 creyó acertar, creando una mixtura al comprometer en su escogencia a distintos órganos públicos, con el fin de garantizarles mayor autonomía y alejarlos de la corrupción y el clientelismo.

07 de mayo de 2010 - 06:45 p. m.
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Propósitos loables que no se han conseguido a plenitud. Lamentablemente el balance no es bueno y los enfrentamientos institucionales van de mal en peor. El clientelismo invadió las tres ramas del Poder Público.

En la elección del Fiscal General, intervienen el Ejecutivo y la Rama Judicial. En la del Procurador y Contralor General, intervienen las Ramas Judicial y Legislativa. En la elección de Magistrado de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y el Defensor del Pueblo, intervienen la Ramas Ejecutiva y Legislativa. A nivel territorial, los tribunales, asambleas departamentales y concejos municipales, intervienen en la elección de contralores y personeros.

Al crearse la figura de la inviabilidad de las ternas –sin  expreso y claro mandato constitucional y legal–, hacia el futuro se puede crear un caos institucional, al rechazar las corporaciones públicas las ternas presentadas por cuerpos jurisdiccionales,  o por el Ejecutivo, no obstante los candidatos reúnan los requisitos legales.

El sistema de elección de servidores públicos era menos malo en el régimen constitucional anterior. Los escogían directamente las autoridades públicas competentes, sin mediar ternas elaboradas por otros funcionarios o corporaciones, a excepción del Procurador, que lo elegía la Cámara de Representantes, de terna presentada por el Presidente. El Contralor era elegido por la Cámara de Representantes. Los contralores departamentales eran designados por las asambleas. Los contralores y personeros municipales los elegían los concejos.

A la legitimidad de la Justicia se le hizo inmenso daño al involucrarla en la elaboración de ternas para estos cargos. No escapó al virus de la politiquería, el cual sólo se lo puede desterrar implementando el concurso de méritos. Así, la función pública se reencontraría con los principios de igualdad, moralidad, imparcialidad y eficacia.

Este desequilibrio de poderes y de valores éticos altera los elementos esenciales del Estado liberal, soportado en la división tripartita del Poder Público. Y se da, no tanto por la vanidad y egocentrismo de quienes dirigen o integran algunos organismos, sino entre otras razones, por la mala estructuración constitucional que es necesario revisar, independientemente de quien sea el próximo Presidente de Colombia.

* Ex Senador de la República

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