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El espíritu del Acuerdo de Paz es esclarecer la verdad del conflicto social armado

En respuesta al editorial del 16 de febrero de 2021, titulado “El espíritu del Acuerdo de Paz no es ocultar lo sucedido”.

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La democracia se fundamenta en la libertad de opinión y en la posibilidad de disentir. La paz no implica el unanimismo, sino la resolución de nuestras diferencias de forma incruenta. Como firmantes del Acuerdo de Paz y en desarrollo de la apertura democrática que forma parte integral de este, manifestamos públicamente preocupaciones respecto al Auto 19 de la JEP contra las antiguas Farc-Ep. Estas reflexiones no expresan opiniones individuales sino de excombatientes, académicos, defensores de derechos humanos y demócratas a escala nacional e internacional.

No pretendemos presionar a la JEP como sí lo han hecho impunemente otros sectores políticos. Defendimos la JEP de sus adulteraciones en la Corte Constitucional, en el Congreso y en el trámite de las objeciones del presidente Duque. Pero nuestro compromiso con la paz no implica renunciar al derecho a la defensa, a la deliberación política, a la memoria histórica, ni mucho menos creer en la infalibilidad de la jurisdicción especial ni de ninguna otra institución.

Ni a las partes ni a terceros —ni siquiera a los magistrados— corresponde definir ningún procedimiento por fuera del marco de lo acordado. El Acto Legislativo 01 de 2017, que dio vida al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, consagró en su artículo 5 el principio de favorabilidad respecto a las calificaciones jurídicas que corresponden a la JEP. Pensamos que el auto no está cumpliendo con este principio, como tampoco con el mandato del Acuerdo de Paz que ampara en el delito político la amnistía más amplia posible.

El delito político es una institución del derecho internacional que nació con la emergencia de los Estados liberales. Solo dictaduras o repúblicas bananeras desconocen esta figura. En Colombia la guerra jurídica desnaturalizó el delito político; una piedra angular del Acuerdo de Paz fue revalidarlo. Dentro de la categoría de delito político —independientemente del juicio de valor que se tenga sobre la organización rebelde y sin que ello niegue afectaciones o victimizaciones— no existen las figuras de aparato ni empresa criminal, correspondientes a la delincuencia común. De Mujica a Mandela —ambos apresados y juzgados por delito político—, la rebelión implica acciones violentas y ruptura con la legalidad que no se pueden homologar con las de la criminalidad organizada.

El país necesita un debate franco y desacalorado frente a temas vitales para la paz, así como sobre la aplicación simétrica del derecho internacional humanitario y del Estatuto de Roma en el contexto colombiano. El reconocimiento del carácter político del conflicto social armado es un primer paso para reparar integralmente a sus víctimas.

No es deshonesto ejercer nuestros derechos constitucionales expresando nuestro pensamiento. El Acuerdo de Paz definió que se debía esclarecer la verdad del conflicto. Nunca se pactó aceptar la verdad procesal de la justicia ordinaria. Prueba de ello es el reciente auto de la JEP frente a homicidios fuera de combate cometidos por el Estado colombiano, donde la misma jurisdicción descubrió que las cifras oficiales eran falaces. Un acto deshonesto u ocultar la verdad sería aceptar falsedades para ganar aplausos, réditos electorales o mendigar dádivas. Eso no es lo acordado.

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