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¿Estado de bienestar?

30 de agosto de 2015 - 04:13 p. m.

LA EDITORIAL PUBLICADA EN AGOSTO 16 de 2015 en El Espectador, “La productividad de las madres”, expone un análisis reductivo. Propongo algunos argumentos complementarios que debería considerar dicho proyecto de ley, trascendiendo a la ampliación del período que regula la licencia de maternidad.

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El bienestar es responsabilidad del Estado y el individuo, según promete la democracia e impone la economía capitalista, de modo que todos podemos ser sujetos de ausencia de cuidados, sea por efecto de vacíos legislativos o el restrictivo, fugaz y efímero discurso de la Responsabilidad Social Empresarial.

De hecho, aunque políticos y empresarios reconocen la influencia de intangibles como las marcas en sus resultados, y dedican recursos para mejorar su valoración, descuidan aspectos como la percepción de bienestar (laboral). Paradoja o sesgo moderno, la reputación predomina como principio de gestión (y sobrevivencia), en una época en que la percepción de incertidumbre y vulnerabilidad se manifiesta mediante episodios de estrés —por ansiedad, agotamiento o depresión—, que afectan el tejido familiar y social.

Diagnóstico que no debemos ocultar o ignorar, pues representa un riesgo común; incluso podemos ser cómplices o habernos resignado ante semejante anomalía, con absurdas justificaciones y explicaciones tranquilizantes. Evidencias suficientes para analizar qué estamos haciendo mal, empezando por reconocer que estamos condicionados por políticas públicas y modelos de gestión humana anacrónicos, desenfocados, desarticulados y, evidentemente, disfuncionales.

Por ejemplo, los procedimientos tradicionales de selección aplican pruebas cognitivas y de personalidad, sin considerar aspectos sicológicos y de entorno familiar; durante la fase de contratación se realizan exámenes físicos que, en la práctica, ignoran evaluar estados de ánimo o patrones de sueño, entre otros ítem: una muestra del énfasis en los tangibles, reforzado por los exámenes periódicos (Resolución 2346/2007), las “pausas activas” y los Comités de Salud en el Trabajo (la Ley 1562/2012 solo modificó el nombre Copaso a la L2013/1986).

Resulta imperativo introducir cambios que debemos materializar: recurro a esta palabra procurando acentuar los intangibles, como la salud emocional y el balance vida-trabajo. De hecho, aunque son obligatorias las mediciones de riesgo sicosocial (R2646/2008) para identificar patologías activadas por estrés ocupacional, éstas determinan enfoques reactivos como los Comités de Convivencia ante las situaciones de acoso laboral (L1010/2006, R652/2012, R1356/2012).

En ausencia de soluciones estructurales, el problema se intensifica manifestando adicción al trabajo, abuso de sustancias sicoactivas y deterioro del tejido familiar; incluso las empresas no destinan suficientes recursos para actividades de bienestar que, de acuerdo con la L50/1990, precisan mínimo dos horas de la “jornada semanal”: un estándar difuminado en una época en que trabajar fuera del horario ordinario es la norma social.

Es necesario revisar estas creencias, restaurar valores fundamentales y formar en competencias de liderazgo, emocionales y comportamentales, reconociendo que nuestro modelo educativo —al igual que el laboral— está sesgado hacia lo cognitivo o físico, exclusivamente. Asuntos pendientes que debe atender la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales (Artículo 56, Constitución Política de Colombia), hacia el diseño de soluciones para mejorar el bienestar familiar y la productividad laboral.

 

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