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Las encuestas: entre dos libertades

11 de octubre de 2015 - 09:00 p. m.

Aunque a primera vista parece una contradicción, las encuestas, en general, están encasilladas en la libertad de información, más que en la libertad de expresión.

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La libertad de expresión, en sentido estricto, protege la transmisión de todo tipo de pensamientos, opiniones, ideas e informaciones personales de quien se expresa. Esta se desarrolla, en nuestro caso, cuando el encuestado contesta las preguntas formuladas. La libertad de información protege la comunicación de versiones sobre los hechos, eventos, acontecimientos, gobiernos, funcionarios, personas, grupos y en general situaciones, en aras de que el receptor se entere de lo que está ocurriendo. Es un derecho de “doble vía”, que garantiza tanto la prerrogativa de informar como de recibir información veraz e imparcial. También supone la necesidad de contar con una infraestructura adecuada para difundir lo que se quiere emitir, mientras que en la libre expresión son necesarias únicamente las facultades físicas y mentales de cada individuo para exteriorizar su pensamiento y opinión.

Ahora, la libertad de información es trascendental en la democracia, pues es a través de los medios de comunicación que la ciudadanía está informada sobre los sucesos que los pueden afectar en las decisiones de los representantes políticos o en sucesos del ámbito económico o social de interés general.

El envés de la hoja aparece al precisar lo relativo a la veracidad e imparcialidad de la información. En cuanto a la veracidad, esta hace referencia a hechos o enunciados de carácter fáctico, que pueden ser verificados, por lo que no cubre las simples opiniones. Vulnera el principio de veracidad el dato fáctico que es contrario a la realidad, siempre que la información se hubiere publicado por negligencia o imprudencia del emisor. Igualmente es inexacta, y en consecuencia en contra del principio de veracidad, la información que en realidad corresponde a un juicio de valor u opinión y se presenta como un hecho cierto y definitivo, por eso, los medios de comunicación, acatando su responsabilidad social, deben distinguir entre una opinión y un hecho o dato fáctico objetivo. La veracidad de la información, ha afirmado la Corte Constitucional, no sólo tiene que ver con el hecho de que sea falsa o errónea, sino también con el hecho de que no sea equívoca, es decir, que no se sustente en rumores, invenciones o malas intenciones o que induzca a error o confusión al receptor. ¿Y qué medidas han tomado los medios de comunicación para asegurar (antes de publicitar las encuestas) esas sustentaciones?

Súmenle a todo lo anterior el principio de imparcialidad de la información, que exige al emisor de la información establecer cierta distancia entre la crítica personal de los hechos relatados y las fuentes y lo que se quiere emitir como noticia objetiva. Así, cuando un periodista desea emitir una información debe contrarrestarla con diferentes fuentes y confirmarla, si es el caso, con expertos en la materia, y evitar que lo recolectado y confirmado se “contamine” con sus prejuicios y valoraciones personales o del medio donde trabaja. ¿Qué pasa cuando un medio de comunicación, a sabiendas de que hay dos o tres encuestas, sólo publica una y le da toda la difusión, como primicia?

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