En relación con el artículo “Predio despojado es ahora botadero de una mina”, publicado el domingo 9 de octubre en El Espectador, nos permitimos hacer las siguientes precisiones:
– El contrato de la mina El Descanso se adjudicó mediante una convocatoria pública internacional. La licencia ambiental se otorgó un tiempo después de la desmovilización de las llamadas Auc y estableció como condición para poder iniciar la operación adquirir los predios en el área de influencia.
– La compañía adquirió ese predio en cumplimiento de esa obligación ambiental y lo hizo de buena fe, cumpliendo con todos los requisitos legales. A pesar de ello, la propiedad del predio fue transferida al Fondo de la Unidad de Restitución de Tierras (URT)por el Tribunal de Cartagena.
– La sentencia que amparó el derecho de la familia Orozco —además de entregarle un predio de similares características— ordenó un subsidio de vivienda de interés social rural y un subsidio integral de tierras por parte del Ministerio de Vivienda, el acompañamiento durante el trámite de los mismos, la inclusión del núcleo familiar en el programa de proyectos productivos por parte de la URT, la inclusión en el sistema general de salud y, así mismo, el ingreso sin costo a los programas de formación, capacitación técnica y proyectos especiales del SENA. En concreto, la sentencia le aseguró a la familia Orozco todo lo contenido en la Ley de Restitución de Tierras.
Pablo Urrutia. Vicepresidente de Asuntos Públicos y Comunicaciones.
Envíe sus cartas a lector@elespectador.com