El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.

De la Bolsa

26 de mayo de 2013 - 06:00 p. m.

A raíz del artículo “El paraguas de la Bolsa”, publicado el 19 de mayo, hago las siguientes precisiones:

PUBLICIDAD

1. La Bolsa de Valores de Colombia (BVC) es una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera que cumple con las regulaciones que la misma le impone.

2. La BVC es una entidad comprometida con la prevención y el control del lavado de activos. Todas las operaciones en el mercado de valores tienen trazabilidad y se convierten en prueba procesal o de expedito control por parte de las autoridades.

3. La BVC ,de manera voluntaria, mantuvo el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sarlaft, adaptado a sus particularidades, pero basado en el de la regulación de la Superintendencia Financiera, pese a que en 2008 la entidad fue excluida como sujeto obligado de su aplicación.

4. El sistema identifica y valora los riesgos asociados con los clientes, proveedores, empleados y accionistas de la entidad, establece controles en los procesos de vinculación y mantenimiento, y es, además, objeto de seguimiento por parte de los administradores y de evaluación periódica de los órganos internos de control.

5. La BVC es una institución que administra un “foro de negociación” que concentra las transacciones que se realizan en los mercados de valores organizados, por lo cual no le es posible atender de manera directa el conocimiento de los clientes inversionistas. En este sentido y conforme a lo establecido por la regulación de Sarlaft, la verificación y el estudio de la información que implica conocer al cliente, la actividad que éste desarrolla, el origen de los recursos que utiliza, su capacidad financiera y sus antecedentes la deben hacer los intermediarios de valores, encargados de vincular directamente a sus clientes.

6. La BVC, con la información básica que posee de los clientes representados por las entidades financieras, efectúa continuamente el cruce de los números de identificación de éstos y de las operaciones realizadas a través de sus sistemas, contra las “listas restrictivas” de más amplio uso y utilidad en el sistema financiero y comunica los resultados relevantes a las entidades que han actuado por cuenta de los mismos para su valoración, confirmación y toma de decisiones.

7. La BVC en ningún caso recibe dinero en efectivo por parte de los clientes usuarios del mercado bursátil, pues opera de forma electrónica y en línea con las demás entidades del sector financiero, las cuales están obligadas a aplicar los filtros y las medidas de control para la prevención del lavado de activos.

8. Por último, es importante hacer énfasis en nuestra continua e inclaudicable disposición a colaborar con la UIAF y, en general, con las autoridades competentes en la realización de los objetivos que la ley les impone.

Juan Pablo Córdoba. Presidente de la BVC.

Envíe sus cartas a lector@elespectador.com

 

Conoce más

Temas recomendados:

BVC

Ver todas las noticias