La polémica desatada por algunos congresistas en torno a un artículo del Plan Nacional de Desarrollo es fiel muestra de cómo la desinformación de temas que incumben a la superación del conflicto armado tienen el potencial de producir efectos contrarios a la construcción de paz. La senadora Paloma Valencia calificó de “expropiación exprés” la intención del Gobierno Nacional de reglamentar el acuerdo logrado por el presidente Petro con Fedegán para adquirir tierras vendidas por los ganaderos voluntariamente. Para explicar esta falsa polémica es preciso recordar que, según los informes ‘Basta Ya’ del Centro Nacional de Memoria Histórica y de la Comisión de la Verdad, el problema agrario está entre las principales causas del conflicto armado, debido a la concentración de la tierra en pocas manos, que ubica a Colombia en los primeros lugares del mundo en desigualdad en la distribución de la tierra. Esta desigualdad hace del campesino colombiano un sujeto social carente de su principal activo: la tierra. Siete millones de personas tuvieron que huir de la violencia y más de 500.000 familias se vieron despojadas de su tierra; una población que pasó de tener recursos para el bienestar de sus familias a la indigencia y la pobreza extrema en las ciudades, como lo estableció en su momento la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Atención a la Población Desplazada tras analizar los resultados de tres encuestas nacionales que documentaron dicho fenómeno de pauperización.
El último informe de seguimiento del Instituto Kroc de la Universidad de Notre Dame (2022), encargado de hacer seguimiento a la implementación del Acuerdo de Paz, estableció un avance mínimo en la Reforma Rural Integral; tras cinco años, los campesinos en Colombia siguen olvidados por las instituciones del Estado, pese a que el Acuerdo de Paz fue incorporado a la Constitución Nacional y que en su artículo 58 establece qué motivos de utilidad pública habilitan al Estado a expropiar con indemnización previa los bienes que sirven a la garantía del interés general que prevalece sobre el interés particular de la propiedad privada. El mismo artículo señala que, en los casos que determine el legislador, “dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa”.
Pues bien, el Gobierno, en el propósito de cumplir la meta de distribución de tierras de al menos tres millones de hectáreas, logró un acuerdo de compra voluntaria con los ganaderos. No obstante, varias voces irresponsables en el Congreso calificaron de “expropiación exprés” la iniciativa gubernamental de acortar los términos de la ley para concretar esa voluntad de paz de los ganaderos.
Lo paradójico es que el supuesto artículo de expropiación exprés es calcado del artículo 72 de la Ley 1152 de 2007 (declarada inexequible por la Corte Constitucional al omitir la consulta previa). Álvaro Uribe intentó acortar dichos plazos para remover los obstáculos que durante la historia han impedido llevar a cabo reformas agrarias efectivas. El Congreso también debe contribuir a la paz.
Sergio Roldán, profesor de la Universidad Externado de Colombia.
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