A propósito del reportaje el domingo del ministro de Justicia a El Espectador, es indispensable diagnosticar adecuadamente los problemas de la justicia para no equivocarnos en las soluciones, de tal suerte que, como lo señala el periodista Felipe Morales, no termine siendo peor el remedio que la enfermedad.
1. Lo primero es que no hay pronta y cumplida justicia. El remedio depende del presidente y el ministro de Hacienda, pues se trata de que haya presupuesto para dotar a la rama de suficientes recursos humanos, materiales y financieros para que ésta cumpla en los términos de ley su cometido.
El Código General del Proceso no ha podido ser implementado en todo su contenido y en todo el territorio nacional por causa de esa falta de recursos. Para solucionar esta dolencia podría pensarse en que uno o dos puntos del impuesto del 4×1.000 fueran destinados durante cierto tiempo a dotar a la “cenicienta”, a la “rama seca”, de los recursos que requiere.
2. Otro hecho fácil de comprobar es que la administración de justicia está en alguna medida politizada. Esto se debe a que algunos de los magistrados de las altas cortes son seleccionados por los políticos, obviamente con criterio político. No se les puede pedir a los políticos que no hagan política, aun cuando de elegir jueces se trata. Es lo que sucede con la Sala Jurisdiccional Disciplinaria y con la Corte Constitucional. El problema esencial no es la facultad de postulación de las altas cortes, sino ante quién postulan. Hay que eliminar, pues, la competencia que tienen dichos políticos de elegir a los jueces. Por ejemplo, la Corte Constitucional podría escoger ella misma los magistrados de cinco ternas que le enviara la Corte Suprema de Justicia, cuatro el Consejo de Estado. Una fórmula similar podría pensarse respecto de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria y en la instancia de postulación, así como en la elección, el criterio de selección debe ser el mérito, todo el mérito y sólo el mérito, para lo cual debe hacerse convocatorias públicas, objetivas y abiertas, conforme al principio de igualdad.
3. En cuanto al procurador y al contralor, que también administran justicia, podrán ser escogidos en el interior de la Rama Judicial, mutatis mutandis, aplicando el mismo criterio que para la elección de los magistrados propongo. El procurador, por ejemplo, podría ser elegido por el Consejo de Estado de sendas ternas que le enviaran de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia.
No me parece buena idea ampliarles a los políticos, reunidos en el Congreso, las posibilidades de incidir en la administración de justicia, pues no todos estos tienen “un ingrato corazón”.
Jesús Pérez González Rubio. Constituyente de 1991.
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