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Que se cumplan los términos judiciales

19 de septiembre de 2018 - 12:00 a. m.

Del editorial del 14 de septiembre de 2018, “La necesaria reforma a la justicia”, más que reformas, que se cumplan los términos judiciales. El ejercicio de administrar justicia necesariamente se encuentra ligado al tiempo. Es decir, a los extremos temporales de un conflicto a resolver, habida cuenta desde el momento de conocimiento de la autoridad judicial hasta los períodos que la ley indica para su trámite y fallo. Pero resulta que el funcionario judicial a cargo del litigio se encuentra en enormes dificultades operativas y de logística para el cumplimiento de los términos legales establecidos, en razón a la exagerada carga de expedientes bajo su responsabilidad. En Colombia, un proceso laboral, penal, civil, de familia y contencioso administrativo en trámite en los despachos de la Rama Judicial, agotadas las dos instancias, tarda entre cinco y siete años, y si va a casación, siete años más. Es decir, 14 años aproximadamente, cuando las leyes procesales para cada caso disponen legalmente de un año, máximo dos. Es esta diferencia temporal la que incide para que el usuario experimente estados de sensación negativa en la administración de justicia, afectando su confianza en la resolución oportuna de su conflicto. ¿Es responsable un juez de la República por el incumplimiento de los término judiciales? No es el juez el responsable, es el propio Estado quien debe responder excluyendo de toda carga a quien le es imposible humanamente cumplirlos. Jamás en un despacho judicial un juez podrá cumplir términos judiciales cuando tiene bajo su responsabilidad más de mil procesos, celebrar en promedio diez audiencias diarias y resolver las peticiones de los usuarios, abogados, auxiliares de la justicia, funcionarios de la Rama y requerimientos de la seccional Consejo Superior de la Judicatura. Nada que decir del juez de las altas cortes, donde cada despacho tiene a su cargo más de 3.000 procesos. Ante tan perverso horizonte, al margen de respuestas prontas que obedezcan a una oportuna y eficaz justicia, sumadas las deplorables condiciones físicas y estructurales de sus instituciones públicas y el estado de mendicidad en que se halla el usuario en la administración de justicia, resultan explicables las reacciones palmarias de violencia, caos y corrupción que hoy vive el territorio nacional. Para sorprender en la coyuntura política con actos de simple protagonismo mediático, ante el Poder Legislativo, con bombos y platillos se presentan proyectos de ley de reforma a la justicia como si fuera ese acto el paso a las soluciones inmediatas de la crisis que padece la Rama Judicial. Existe una verdad que acompaña las actuales circunstancias en el clima de justicia: la de la lucha visceral por el poder en viejos y arcaicos discursos que legitiman el ejercicio corrupto de la política. En Colombia, la armonía de las tres ramas del poder público sólo es del orden teórico mas no práctico, pues la Rama Judicial resulta ser la cenicienta del Ejecutivo y el Legislativo al momento de apropiación de recursos económicos.

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José Reinelio Sepúlveda Meek. Abogado litigante, Cali.

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