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¿Y quién supervisa los medicamentos genéricos en Colombia?

22 de mayo de 2016 - 03:07 p. m.

Una carta sobre un proyecto polémico

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¿Y quién supervisa los genéricos en Colombia?

La Corte Constitucional ha sido clara en precisar las diferencias que existen entre la opinión, el derecho a informar y ser informado, o la libre expresión. En ese orden, haciendo uso del derecho a la opinión y a la confrontación de ideas respetuosas que deben engalanar una democracia, me permito responder a los contradictores o quienes respetuosamente no están de acuerdo con el proyecto de ley que busca un tratamiento digno con justicia material para los pacientes, sin importar el régimen o estrato socioeconómico, que es de mi autoría, y con el cual coincidimos en algunas de las apreciaciones que se han suscitado en el debate y la sana crítica.

Los medicamentos genéricos son aquellos que cumplen con todas las características de los originales que han perdido su patente. Esto significa que su capacidad terapéutica debe ser tan efectiva y satisfactoria como la de los medicamentos originales. El problema es que en nuestro país esa condición no la cumplen muchos de ellos, aunque es requisito único e irreemplazable para el bienestar de los pacientes con distintos cuadros médicos, y su distribución va en contra de la salud de los colombianos. De hecho, el Invima, entidad adscrita al Ministerio de Salud de Colombia, confirma que no hace tal supervisión rigurosa al momento de registrar dichos medicamentos y que en otras legislaciones, como la mexicana, la estadounidense y las de algunos países de Europa, sí se hace.

Las EPS tienen redes prestadoras propias, es decir, IPS, droguerías y farmacéuticas donde, a pesar de los esfuerzos, no satisfacen la necesidad médica de los pacientes, que en muchas oportunidades (ver informe Supersalud) se ven obligados a instaurar tutelas o entablar demandas para ser atendidos y que se les suministren medicamentos de verdadera efectividad y calidad, hecho que va en detrimento del bienestar de la salud de los colombianos. Para nadie es un secreto que la gran mayoría de los pacientes del sistema de salud colombiano no se sienten satisfechos con la calidad de los medicamentos que les suministran sus EPS, y que en muchas ocasiones los mismos médicos que prescriben sugieren la adquisición de otro tipo de presentación diferente a la que en muchas ocasiones se ven obligados a prescribir. El proyecto de ley que promuevo pretende el acceso a un tratamiento digno, y así a la construcción de un país mejor para las futuras generaciones, y abrirle paso al medicamento institucional (léase proyecto de ley 246 de 2016 Cámara) que cumpla con todos los estándares científicos, técnicos y de calidad de un medicamento original. Nunca me he referido a un laboratorio o a una marca comercial ni a ninguna en particular que, entre otras cosas, pueda afectar la estabilidad fiscal del sistema; jamás lo hemos concebido ni mucho menos lo hemos planteado. Exponemos o subrayamos la necesidad de prohibir la formulación de los medicamentos genéricos que no tengan supervisión y vigilancia o control sobre sus componentes de calidad, tal como lo hacen Estados Unidos y otros países del mundo.

¿No es verdad que muchos medicamentos con registro Invima no cumplen con lo esperado y lo merecido por los pacientes? ¿Estoy mintiendo al afirmar que algunos medicamentos genéricos distribuidos por las EPS a los colombianos resultan ser gato por liebre?Seguramente, juntos construiríamos, en el marco del intercambio de ideas, un proyecto mejor, porque de ustedes, de mí y de las miles de personas beneficiadas con un proyecto de ley que les ponga tope a los atropellos de las EPS y a las malas prácticas de la salud de los colombianos depende la construcción de un país óptimo, en el que no se incluyen negocios por encima de la vida.

Y es que precisamente de eso se trata el debate que debe engalanar un Estado de derecho, pues claramente la iniciativa no pone en tela de juicio los medicamentos genéricos ni mucho menos en ventaja a los originales, porque siempre se refiere al medicamento institucional.

Es ahí donde, de manera respetuosa, invito a quienes no están de acuerdo con mi opinión, y en general a todos aquellos que plantean diferencias conceptuales frente al proyecto de ley, que lo enriquezcan con sus opiniones e ilustren al órgano legislativo para que de esta iniciativa surja una verdadera solución y cambie de una vez por todas la filosofía de un sistema que desdibuja al paciente en su condición humana y en muchas ocasiones lo simplifica a un usuario y no lo percibe como un ser humano que acude a un instrumento de protección del primero y más fundamental de los derechos, como es la vida. Los convoco a acompañar el proyecto, donde claramente se avizora que el único interés es salvar vidas y ayudar a los pacientes.

Le doy la razón en la sana crítica al presidente de la Sociedad Científica de Colombia, sociedad a la que aprecio y admiro, ya que, como es sabido, también soy médico cirujano, quien ha señalado que el error en la iniciativa legislativa está precisamente en la mala interpretación jurídica que sobre el caso se pueda presentar. Por ello, como autor del proyecto, radicaré una proposición aclaratoria para que dicha interpretación no tenga lugar.

Hernando José Padauí. Representante a la Cámara.

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