En cuarto de ocho debates la plenaria del Senado de la República aprobó el proyecto de reforma a la Justicia Penal Militar que establece nuevos parámetros para el juzgamiento de los militares.
Como primera medida la iniciativa establece que nunca serán de conocimiento de los tribunales marciales las conductas de lesa humanidad que eventualmente puedan cometer uniformados. Igual, los casos de “violencia sexual”.
Delitos que van a Cortes militares Así las cosas, en ningún caso la justicia penal militar o policial conocerá de los “delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violencia sexual, y reclutamiento o uso de menores”.
Sin embargo, las infracciones al derecho internacional humanitario cometidas por miembros de la Fuerza Pública, salvo los delitos anteriores, serán conocidas exclusivamente por las cortes militares o policiales.
Tribunal de Garantías De otro lado, se creará un Tribunal de Garantías Penales que tendrá competencia para ejercer como juez de control de garantías (como el de la justicia ordinaria) en cualquier investigación o proceso penal que se adelante contra miembros de la Fuerza Pública.
Esa comisión tendrá la función de “controlar la acusación penal contra miembros de la Fuerza Pública, con el fin de garantizar que se cumplan los presupuestos materiales y formales para iniciar el juicio oral”. Igual, el Tribunal deberá dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre la Jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Penal Militar.
Comisión mixta En el mismo sentido, en la justicia penal militar excepcionalmente podrá intervenir una comisión técnica de coordinación integrada por representantes de la jurisdicción penal militar y de la jurisdicción penal ordinaria, para definir la competencia de la justicia ordinaria o militar cuando exista alguna duda.
Defensa técnica También el proyecto establece la creación de un fondo destinado específicamente a financiar el sistema de defensa técnica y especializada de los miembros de la Fuerza Pública.
Ese nuevo sistema estará bajo la dependencia, orientación y coordinación del Ministerio de Defensa Nacional.
Cárcel especializada Los miembros de la Fuerza Pública cumplirán la detención preventiva en centros de reclusión establecidos para ellos y cuando no existan esos centros penitenciarios, en las instalaciones de la unidad a la cual pertenezcan. “Cumplirán la condena en centros penitenciarios y carcelarios establecidos para miembros de la Fuerza Pública”, advierte el proyecto.
El proyecto que está en el Congreso ahora deberá iniciar su segunda vuelta en la Cámara de Representantes, en comisión y plenaria, antes de regresar al Senado.