Luego de la revisión del informe entregado por el equipo de expertos grafólogos designados por el alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro, los Registradores Distritales mediante Resolución 1019 de hoy 31 de julio de 2013 certifican que las firmas válidas entregadas para solicitar la revocatoria de mandato del alcalde de Bogotá, superan el mínimo legal exigido y por lo tanto los ciudadanos podrán ser convocados a las urnas.
Contra esta Resolución proceden los recursos de reposición ante los registradores distritales y de apelación ante el Registrador Nacional del Estado Civil, Dr Carlos Ariel Sánchez Torres, en los términos de los artículos 76 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Concluido el estudio sobre el informe elaborado por el equipo de grafólogos del alcalde el 22 de mayo, la Dirección de Censo Electoral expidió hoy miércoles 31 de julio un informe en el que concluye que de los 630.623 apoyos presentados el pasado 18 de abril, 355.353 resultaron válidos.
Para que los ciudadanos puedan ser convocados a las urnas para decidir sobre la revocatoria de mandatose requieren 289.263 firmas válidas, correspondientes al 40% de los votos obtenidos por el actual alcalde, quien ganó con 723.157 votos en las pasadas elecciones de 2011.
Con base en este informe, la Registraduría Distrital expidió hoy miércoles la Resolución 1019 mediante la cual se aprueba “la solicitud de convocatoria a elección de revocatoria del mandato del señor Gustavo Francisco Petro Urrego, Alcalde Mayor de Bogotá D.C.”
Los 275.270 apoyos restantes, fueron anulados por ser ilegibles, incompletos, repetidos, por pertenecer a municipios diferentes, por pérdida o suspensión de derechos políticos, o por no estar inscritos en el Archivo Nacional de Identificación, ANI, entre otras razones.
Contra la Resolución 1019 proferida hoy por los Registradores Distritales, el alcalde Gustavo Francisco Petro Urrego o sus apoderados pueden interponer los recursos de reposición y apelación.
Agotado el estudio de los recursos, si la resolución llegara a quedar en firme, los registradores distritales deberían convocar a las urnas en un plazo de 2 meses.
Para que el mandato del alcalde sea revocado se requiere que en la jornada democrática que se convoque se registre una participación equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección del alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí.
En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 1.234.214 sufragantes.