El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.

Cesantías definitivamente no servirán para créditos de consumo

Aunque la ley de libranza así lo establecía, la iniciativa fue objetada por Presidencia y la Cámara anunció que corregirá el error.

20 de febrero de 2012 - 06:50 a. m.
PUBLICIDAD

La Cámara de Representantes anunció una serie de correcciones a la Ley de Libranzas que se aprobó a finales de 2011.

Luego de las objeciones del Gobierno Nacional, calificadas como “bien fundadas” por el presidente de la Cámara, Simón Gaviria Muñoz, el mismo legislador dijo que se corregirá los errores.

Una de las falencias que se cambiarán está encaminada al uso de las cesantías. La idea es que éstas no se puedan ser utilizadas en créditos de consumo.

La ley de libranza debe aclarar que el uso de cesantías se mantenga como está: vivienda y educación”, sostuvo Gaviria.

Se espera que en marzo el proyecto sea corregido para que los colombianos puedan acceder a créditos más baratos.

El Congreso aprobó los créditos por libranza, donde por descuentos directos de nómina, los trabajadores del país tendrán tasas preferenciales en los intereses. Esto permitiría bajar hasta en un 1.5% el interés.

Beneficios:

1. Se vuelve obligatorio para todos los empleadores.
2. Es gratuito para todos los empleados.
3. El consumidor tiene derecho a decidir con que entidad quiere acceder al crédito.
4. La libranza persigue a la persona cuando cambia de empleo.
5. La libranza puede utilizarse para otros temas. Alquiler de vivienda y servicios públicos, por ejemplo.

 

Conoce más

Temas recomendados:

Ver todas las noticias