Cada vez que la búsqueda de la paz se ha atravesado en la agenda gubernamental de los últimos tiempos, la Corte Constitucional ha terminado por delimitar sus alcances. Ahora tampoco será la excepción. Antes del 28 de agosto, el alto tribunal tiene que decidir si el Marco para la Paz se ajusta a la Carta Política, y por lo que evidencian los antecedentes en circunstancias similares, esta apuesta del gobierno Santos tendrá la bendición de la Corte. Eso sí, supeditada al respeto por la verdad, la reparación a las víctimas y un mínimo de justicia.
La historia reciente lo demuestra. En 1999, el gobierno de Andrés Pastrana formalizó un proceso de paz con las Farc y autorizó el despeje militar de 42 mil kilómetros cuadrados entre los departamentos de Caquetá y Meta. A mediados del año 2000, la norma que permitió esa medida, la ley 418 de 1997, fue demandada ante la Corte. El 24 de enero de 2001, con ponencia del entonces magistrado Eduardo Montealegre —hoy fiscal general—, el alto tribunal aprobó el despeje en aras de la paz con argumentos que poco tiempo después iban a ser insostenibles.
En ese momento, la Corte dijo que la desmilitarización de una zona del territorio nacional tenía un propósito de Estado y que era una alternativa válida para solucionar un conflicto que el Estado no había sido capaz de resolver por la fuerza. La sentencia agregó que el despeje estaba supeditado al tiempo que se necesitara para el logro de la convivencia pacífica, y que para preservar el principio de la supremacía del poder civil el estamento militar no podía decidir la conveniencia del retiro o el retorno de la Fuerza Pública a la zona de distensión.
Sin embargo, la paz no llegó y el Caguán se volvió un símbolo de impunidad en donde los comandantes de las Farc constituyeron un territorio libre para el secuestro y el narcotráfico. Después vino la era de Álvaro Uribe y se invirtieron las cargas. Guerra frontal a la guerrilla y proceso de paz con los paramilitares. Una vez más fue necesaria una norma para darle soporte a esta negociación. Así nació en julio de 2005 la llamada Ley de Justicia y Paz, un laxo articulado que terminó por llegar a la Corte Constitucional un año después.
El 18 de mayo de 2006 el alto tribunal pasó la ley, pero la peluqueó al punto que precipitó la crisis que dio al traste con el proceso de paz entre el gobierno Uribe y las autodefensas. En esencia, la Corte aceptó este modelo de justicia transicional basado en la tesis de que la paz era un fin fundamental del Estado y un derecho colectivo de la humanidad. En tal sentido, sostuvo que la comunidad internacional reconocía que para alcanzar la paz era necesario aplicar una justicia excepcional, con un mínimo de justicia y mucha verdad.
No obstante, la Corte tumbó la posibilidad de que los jefes paramilitares tuvieran tratamiento de sediciosos, es decir, que su barbarie pudiera enmarcarse dentro de los cánones del delito político y, en consecuencia, tener vía libre para llegar al Congreso. Además, el alto tribunal salió en defensa de los derechos de las víctimas y por eso convirtió en una exigencia la confesión de todos sus actos de violencia —hoy catalogados de lesa humanidad— y ordenó que fuera un imperativo la reparación y la asistencia de las víctimas a las audiencias de Justicia y Paz.
Los paramilitares nunca estuvieron de acuerdo con el fallo de la Corte y desde ese 2006 el proceso de paz entró en una crisis que terminó con la extradición de 15 de sus comandantes en mayo de 2008. Sin embargo, al gobierno Uribe le quedó la papa caliente de casi 20 mil desmovilizados que quedaron en un limbo jurídico. A pesar de la pugna entre Uribe y la Corte Suprema de Justicia —en el contexto del escándalo parapolítico—, el Ejecutivo logró sacar adelante la ley 1312 de 2009, para buscarle una salida legal a la situación de los ‘paras’ rasos.
Esa norma también fue examinada por la Corte Constitucional y en diciembre de 2010 se derrumbó. La idea era aplicar el principio de oportunidad a los desmovilizados a través de audiencias colectivas por bloques paramilitares, sin distinción de graves violaciones a los derechos humanos. Una especie de confesionario impune. El alto tribunal dejó claro que el Estado no podía renunciar a la obligación de constatar las confesiones de los ‘paras’ para evitar goles o súbitos casos de alzhéimer voluntarios.
En esa decisión, que se resolvió por el apretado margen de 5-4, ya estaban siete de los actuales nueve magistrados de la Corte. Los disidentes fueron Mauricio González, Jorge Pretelt, Juan Carlos Henao y Humberto Sierra. Los dos últimos ya salieron de la Corte. Su argumento central era que el valor de la paz debía preservarse. La posición mayoritaria fue garantizar el derecho a conocer toda la verdad, la obligación de la memoria y los derechos de las víctimas a conseguir que sus agresores fueran juzgados por la totalidad de sus crímenes.
Nuevamente el Ejecutivo, esta vez en la era de Santos, tuvo que salir a enmendar el entuerto. Entonces nació la ley 1424 de 2010, para regular aquellos casos de desmovilizados cuya imputación fundamental fuera el concierto para delinquir. Era la forma de tramitar las penas de estos casi 20 mil paramilitares, con la consabida fórmula de la justicia transicional. En octubre de 2011 la Corte le dio la bendición al articulado y sacó de apuros al Gobierno. La tesis fue la defensa de la paz por encima de otros valores.
El apretado 5-4 se mantuvo, pero quienes ganaron esta vez fueron los magistrados que habían sido derrotados en la ley del principio de oportunidad. Es decir, Mauricio González, Jorge Pretelt, sumados a Nilson Pinilla, Humberto Sierra y Juan Carlos Henao. En síntesis, el fallo dispuso que el acto de procesar a los desmovilizados por concierto para delinquir no constituía una afrenta en la obligación de perseguir y castigar graves delitos contra los derechos humanos. Una vez más, la necesidad de la paz se puso por encima de todo.
Ahora el turno le corresponde al Marco para la Paz. La defensa del Gobierno es que asegura la terminación del conflicto, reconoce a las víctimas, concentra la investigación en los crímenes más graves y sus máximos responsables —para no repetir el fracaso de Justicia y Paz— y ayuda al esclarecimiento de la verdad preservando los derechos a la justicia y la reparación. Ya se sabe que la ponencia del magistrado Jorge Pretelt es positiva, aunque con exigencias que seguramente serán respaldadas y ampliadas.
Según Pretelt, se debe garantizar la terminación del conflicto, la entrega de las armas, la liberación de los secuestrados, transparencia en la selección de casos que serán priorizados para condenar a los máximos responsables, la desvinculación de los menores de los grupos ilegales y la contribución al esclarecimiento de la verdad. Pese a estos condicionamientos, se da por descontado que la Corte va a aprobar el Marco para la Paz. En palabras de un magistrado consultado, “no vamos a cargar con el muerto de que paz no hubo por la Corte”.
Los opositores del Marco para la Paz
Ante la Corte Constitucional, dos han sido las principales voces de oposición al Marco Legal para la Paz: Alejandro Ordóñez, procurador general de la Nación, y Gustavo Gallón, presidente de la Comisión Colombiana de Juristas. Su argumento se concreta en la frase de que “es peor el remedio que la enfermedad”. Para Ordóñez y para Gallón es inconcebible que el Estado renuncie a la persecución judicial de violaciones de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, pues hacerlo implicaría afectar el derecho de las víctimas a la justicia y conllevaría a que perpetradores de graves crímenes se desentendieran de su responsabilidad impunemente.
«En aras de la paz se puede limitar la justicia»
“No se trata entonces de sacrificar la justicia para lograr la paz”. Con esa frase abrió el presidente Juan Manuel Santos, el pasado jueves 25 de julio, el debate en la Corte Constitucional sobre el Marco Legal para la Paz. Santos resaltó que Colombia está “ante una posibilidad real de paz” y a los opositores del proyecto les dijo: “Este modelo es todo lo contrario de lo que alegan. No sólo no abre espacios a la impunidad, sino que satisface de la manera más amplia posible los derechos de las víctimas de un conflicto tan prolongado”. Santos, como también lo destacó el fiscal general, Eduardo Montealegre, señaló que el Marco para la Paz es una “estrategia realista” porque tiene en cuenta la capacidad del Estado para enfrentarse a la estela de violencia que ha dejado el conflicto. Montealegre sostuvo además que “en aras de la paz se puede limitar la justicia”, y añadió que “el fin es legítimo, se maximizan la paz para el país y la verdad, la reparación y la justicia para las víctimas”.
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