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El Estado de Opinión, un debate al corazón del uribismo

El debate, que surgió en 2008, fue reeditado por cuenta del discurso del presidente Santos en el que defendió la "institucionalidad".

25 de marzo de 2015 - 10:32 p. m.
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El discurso del presidente Juan Manuel Santos, en el que anunció el recetario de la Casa de Nariño para superar la ‘crisis institucional’ que se desató por los presuntos actos de corrupción en el seno de la Rama Judicial, terminó gestando un debate ideológico que va más allá de la coyuntura. Se trata de un ‘vainazo’ del jefe de Estado a las concepciones del expresidente Álvaro Uribe sobre el papel del Estado en Colombia y que ejemplifica las contradicciones que hoy polarizan al país. 

“No permitiré que se pongan en peligro las instituciones que hemos construido y preservado con tanto esfuerzo, ni que se pretenda reemplazar el Estado de Derecho por una especie de Estado de Opinión, donde prevalezca la versión del que más ruido haga, por encima de los conductos legales”. Con esa frase, el presidente, más allá de lapidar las posibilidades de pedir la renuncia de la Corte Constitucional en pleno o de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, que eran clamores de algunos opinadores y sectores políticos, envió un mensaje de distancia con el uribismo.     

La tesis del Estado de Opinión fue esgrimida por el expresidente, y hoy senador, Álvaro Uribe,  desde mayo de 2008, una vez fue radicado en el Congreso el proyecto de referendo constitucional con el cual su gobierno buscó una segunda reelección. El argumento central consistía en que más allá de las decisiones ejecutivas o judiciales está la opinión pública. Así quedó claro en la rendición de cuentas sobre derechos humanos que hizo su gabinete en febrero de 2009, cuando dijo que “nosotros creemos en un Estado de Opinión, donde no prevalece el capricho del gobernante, sino el imperio de la ley, y más allá de la interpretación de los jueces, lo superiormente importante es la opinión pública”. 

Palabras más, palabras menos, los argumentos de Uribe giran alrededor de la idea de que una fase “superior” del Estado de Derecho es aquella en la que cualquier norma o decisión del aparato institucional debe obedecer a la opinión que tengan las mayorías sobre el particular. En otras palabras, y para ejemplificar con lo ocurrido en aquel 2008: si las mayorías del país estaban de acuerdo con la modificación de la Constitución para permitir un tercer periodo del hombre de la seguridad democrática, como lo demostraban las encuestas de esos tiempos, eso debía ser corroborado mediante un refrendo y, sin importar otras consideraciones, las instituciones debían avalar la convocatoria a las urnas y modificar las reglas del juego para que así ocurriera. 

Finalmente, la iniciativa se cayó pues, a juicio de la Corte, había errores de forma, que se gestaron en el Congreso, y de fondo, que apuntaban a que una segunda reelección alteraría el equilibrio entre las ramas del poder y otras partes esenciales de la Constitución que solo podrían ser reconsideradas mediante una Asamblea Constituyente. A pesar de la caída de la reelección, en diversos escenarios, el expresidente Álvaro Uribe siguió proclamando el Estado de Opinión como el ideal de la democracia colombiana e, incluso, el Centro Democrático ha utilizado la expresión para sentar posiciones sobre temas controversiales como la paz, el aborto o la adopción por parte de parejas homosexuales. 

Sectores liberales y de izquierda  consideran que el Estado de Opinión es un disfraz de un estado autoritario en el que las posiciones de los líderes o grupos políticos hegemónicos pueden ser disfrazadas de opinión general y convertidas en norma. Desde la academia también se han cuestionado las implicaciones que tendría un Estado de estas características sobre los derechos de las minorías y avances centenarios en aparatos institucionales de Occidente, como el debido proceso y la presunción de inocencia. 

Explicaba Rodrigo Uprimny en una columna publicada por este diario en 2009 que en una democracia hay controles horizontales y verticales.  “Los controles horizontales son aquellos derivados del principio de separación de poderes, que permiten que la actuación del Gobierno esté controlada por otros órganos, como los jueces o el Congreso. Estos controles horizontales están ligados a la idea misma de Estado de Derecho, que implica la separación de poderes y la sumisión de todos, y en especial del gobernante, a las leyes, a fin de evitar la arbitrariedad y proteger los Derechos Humanos. Los controles verticales, por su parte, son los que directamente ejerce la ciudadanía sobre los gobernantes, por ejemplo, por medio de votaciones periódicas”. 

“Esta distinción  nos recuerda que una democracia genuina debe combinar ambos tipos de controles. Si un presidente, con el argumento de fortalecer sus vínculos con la opinión, abandona los controles horizontales, entonces se torna antidemocrático, por popular que sea, pues está acabando el Estado de Derecho. Y la experiencia histórica ha mostrado que sin Estado de Derecho, ningún régimen democrático verdadero ha persistido”, señalaba el abogado fundador de Dejusticia en su escrito titulado ¿Estado de Opinión o de Derecho? 

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Lo ciertos es que el discurso sirvió a Santos para criticar al Centro Democrático, tácitamente, por pedir  renuncias de los magistrados de la Corte Constitucional e, incluso, del fiscal Eduardo Montealegre ante las versiones sobre supuestos actos de corrupción, sin que hasta ahora medie una decisión judicial. También, reabrió el debate sobre el paradigma que debe asumir el Estado colombiano y demostró que la polarización va más allá de los micrófonos y los cotilleos. Se trata del conflicto entre una visión que considera que la opinión general es la guía de la sociedad y otra que se ancla en las instituciones para resolver las crisis de las mismas, aun cuando es probable que esta sea una fórmula que resulte inefectiva. 

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