Los ponentes del acto legislativo que pretende constitucionalizar el fuero penal militar radicaron hoy una ponencia en la que plasmaron las principales modificaciones y objeciones al proyecto presentado por el Ejecutivo. Entre las más relevantes se encuentran: el tribunal de garantías, la lista de delitos que debe conocer la justicia militar, la comisión mixta y los centros de reclusión para miembros de la Fuerza Pública.
El documento de 20 páginas, radicado está tarde en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, está firmado por Germán Varon, Germán Navas, Alfonso Prada, Efraín Torres, Hugo Velásquez, Oscar Bravo, Rodolfo Pérez y Fernando de la Peña y en el se trata a profundidad cada uno de los cinco temas que pretenden reformar.
Respecto al llamado tribunal de garantías, que se encargará de fungir como juez de control de en los caso punibles en que resulten inmersos miembros de la Fuerza Pública, los ponentes proponen que sea creado constitucionalmente. A la vez insisten en que debe tener jurisdicción nacional y hacer parte de la rama de la justicia, es decir, que tenga competencia tanto en la justicia ordinaria como en la militar.
El tribunal estará integrado por un número impar de magistrados que incluya a oficiales retirados. “Sus miembros serán elegidos por los presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional y deberán cumplir con los requisitos para ser magistrados”, se lee en la propuesta. Sin embargo, será a través de la ley estatutaria que se explique cómo serán elegidos sus miembros.
En lo que concierne a la mencionada ley estatutaria, que se encargaría de dar las claves de la implementación de la reforma constitucional, los representantes le advierten al gobierno que la llamada lista de delitos que deben separar a la justicia ordinaria de la militar no debe ser elevada a rango constitucional, y el artículo sujeto de la reforma sólo debe incluir los delitos de genocidio y delitos de lesa humanidad. Por lo que la ley estatutaria podrá recoger la lista de delitos de los que no deberá conocer la justicia militar. Según el texto, estos deberán ser: ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violación y abuso sexual, actos de terrorismo contra la población civil y reclutamiento de menores.
En cuanto a la Comisión Mixta, aquella que se encargará de develar las zonas grises que no permiten ver a cuál jurisdicción -ordinaria o militar- deben ir los casos delictivos cometidos por uniformados, proponen que se limite a presentar un concepto técnico y no de carácter jurisdiccional. La comisión, integrada por representantes de la justicia ordinaria y la militar, debe limitarse a determinar si ha habido conducta punible y a la jurisdicción a la cual corresponda su conocimiento. “La comisión no interfiere en la facultad del Consejo Superior de la judicatura para dirimir conflictos de competencia”, explica el documento.
Un cuarto tema corresponde a la defensa técnica especializada. Es decir, que el Estado financiará un fondo para costear los gastos de la defensa jurídica de los miembros de la Fuerza Pública. El cual estará a cargo del Ministerio de Defensa.
Finalmente, los ponentes trataron uno de los temas más espinosos de la justicia penal militar: los centros de reclusión que deberán albergar a los miembros de la fuerza Pública condenados. Valga recordar los escándalos suscitados en esta materia, especialmente por el caso de Tolemaida. A lo cual, el representante Germán Navas Talero, ponente de la iniciativa, caracterizó como la “constitucionalización de los Tolemaida resorts”.
En contraste, Efraín Torres, también ponente, sostuvo que “no podemos tener un guerrillero y militar en la misma cárcel, como tampoco podemos tener a un policía y un ladrón en la misma celda”. En esta materia la ponencia sostiene que los miembros de la Fuerza Pública condenados o investigados deben ser recluidos en centros especiales y no en cárceles comunes, e incluso el texto va más allá: “los miembros de la fuerza Pública cumplirán la detención preventiva en centros de reclusión establecidos para ello y a falta de estos, en las instalaciones de la Unidad a la que pertenezcan. Cumplirán la condena en centros penitenciarios y carcelarios establecidos para miembros de la Fuerza Pública”, proponen los ponentes.