La comisión primera del Senado de la República aprobó el artículo del proyecto de reforma a la justicia que establece nuevas medidas en materia de descongestión para la rama justicia.
La idea es que “de manera excepcional, se puedan conferir funciones jurisdiccionales a centros de arbitraje, centros de conciliación y notarios”.
Sin embargo, para el caso de los notarios sólo podrán asumir procesos en materias no contenciosas o de jurisdicción voluntaria.
“Las decisiones adoptadas por autoridades administrativas, notarios, centros de arbitraje, centros de conciliación y abogados en ejercicio en calidad de jueces adjuntos, cuando ejerzan funciones jurisdiccionales, serán apelables ante el superior funcional del juez que hubiese sido el competente en caso de haberse optado por la vía judicial cuando dicho recurso fuere procedente”, señala el proyecto.
También queda claro que, según la reforma constitucional, “en cada municipio habrá al menos un juez, cualquiera que sea su categoría y en cada departamento habrá al menos un Tribunal”.
Ahora, la comisión primera se apresta a discutir el artículo del presupuesto para la rama judicial.