Como respuesta al mandato presidencial de contener la propagación del nuevo coronavirus (SARS-CoV-2), varias entidades del Estado han tomado medidas para reducir el contacto humano lo más que se pueda. Entre ellas, la Registraduría Nacional que este martes anunció que suspende la atención al público de manera presencial hasta el próximo 3 de abril. Es decir, los registradores especiales, municipales y auxiliares se encontrarán en sus sedes pero a puerta cerrada.
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En específico, en las oficinas de la Registraduría, sede central, se trabajará con un número reducido de funcionarios “si así lo amerita”, expresó la entidad en un comunicado. Pero ello depende de cada directivo según las tareas que necesiten ser adelantadas. Y quienes no sean seleccionados para el trabajo a puerta cerrada, ejercerán sus funciones desde sus residencias.
“Esto es con el único objetivo de cuidar la salud de los colombianos y de los que realizan los trámites en la Registraduría. Quiero aclararle a la opinión pública que se suspende la atención al público de manera presencial, pero todos los portales web y servicios digitales que tiene la entidad estarán abiertos permanentemente. Los trámites [de identificación] que se quieran hacer se podrán hacer vía virtual”, afirmó Alexander Vega, registrador nacional.
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Ahora, en el caso de la inscripción del registro civil de nacimiento la entidad comunicó que los padres o declarantes “podrán realizarla de manera extemporánea en cualquier oficina registral una vez se supere la situación de alerta. Es importante precisar que, de acuerdo con el artículo 67 de la Ley 715 de 2001, se deberá prestar el servicio de salud a todo nacido vivo sin que se exija la presentación del registro civil de nacimiento”.
Pero, si alguna persona requiere una copia del registro de nacimiento lo podrá solicitar vía correo electrónico a la dirección registroenlinea@registraduria.gov.co. La dirección nacional de Registro Civil atenderá esos casos.
Alexander Vega también explicó que por ahora no se expedirán tarjetas de identidad. Dicho trámite tendrá que ser aplazado, al menos, hasta el 3 de abril cuando se reabra el servicio a puerta abierta. Por ello, los colombianos con siete años de edad cumplidos seguirán identificándose con el registro de nacimiento, mientras que los de 14 años de edad se mantendrán con el documento de identidad expedido a los siete años. Quienes alcancen la mayoría de edad continuarán con la contraseña o la tarjeta de identidad hasta que pase el aislamiento preventivo.
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“En el caso de duplicado de cédula de ciudadanía y tarjeta de identidad, padres de familia y colombianos mayores de edad podrán solicitar y pagar estos trámites a través del sistema PSE dispuesto en la página de la entidad”, manifestó la Registraduría. Y en materia de defunciones, la entidad informa que esos registros civiles se podrán expedir de manera extemporánea después de este periodo.
Además de los trámites de registro e identificación, el registrador Alexander Vega aclaró qué pasará con las elecciones atípicas que debían llevarse a cabo en este tiempo. Según manifestó Vega, le solicitó a los gobernadores de Bolívar, Magdalena, Quindío y Cundinamarca el aplazamiento de estas que tenían programadas para los municipios de Achí, San Zenón, Armeni y Satatausa “con el fin de evitar que el virus se prorrogue. Estamos mandando el oficio al Ministerio del Interior para tomar esa medida hasta nueva orden del Gobierno”, dijo.
Estas son algunas preguntas que podría tener la ciudadanía sobre el proceso de algunos trámites y que respondió la entidad:
¿Cómo tramitar el duplicado de la tarjeta de identidad y la cédula de ciudadanía en línea?
El trámite de PSE está disponible en la página web de la entidad, www.registraduria.gov.co , en el banner duplicado de cédula y tarjeta de identidad en línea. La solicitud y pago de los documentos de identidad se realiza por la herramienta y 24 horas después, la contraseña será enviada al correo electrónico del solicitante en formato PDF para ser impresa.
¿Cómo solicitar una copia o certificado básico de un registro civil de nacimiento?
La Registraduría Nacional del Estado Civil dispondrá del correo electrónico registroenlinea@registraduria.gov.co para que los ciudadanos que requieran este documento eleven la solicitud por este medio.
Si un ciudadano no reclamó su documento de identidad ¿qué debe hacer?
La contraseña no perderá vigencia mientras se mantiene la declaratoria de emergencia sanitaria en el país. Los ciudadanos podrán conservar el comprobante de documento en trámite hasta que la Registraduría Nacional del Estado Civil reanude el servicio presencial de atención al público.
¿Cómo inscribir a un recién nacido en el registro civil de nacimiento?
El artículo 49 del Decreto 1260 de 1970 establece que los padres, abuelos o ascendientes del recién nacido tienen hasta 30 días, después del nacimiento, para adelantar la inscripción oportuna en el registro civil de nacimiento. Una vez superada la emergencia podrán acudir a las oficinas de registro para hacer el trámite.