Este viernes se filtró el borrador del Plan Nacional de Desarrollo (PND) que sería presentado en el Congreso el próximo 7 de febrero, cuando se instalen las sesiones extras en el Legislativo. El documento, que será la hoja de ruta que seguirá Colombia en los próximos cuatro años, le da polémicas facultades extraordinarias al presidente Gustavo Petro, dentro de las cuales se incluye la recuperación del Hospital San Juan de Dios, una de sus iniciativas inconclusas como alcalde de Bogotá.
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El PND de la administración Petro, que tiene como objetivo que “Colombia sea potencia mundial de la vida”, señala que toda acción que se tome a nivel nacional debe ser para conseguir la “paz total”. Aún así, algunos de los artículos que incluye el borrador le entregarían nueve facultades extraordinarias al primer mandatario para que avance con algunas de sus iniciativas en periodos más cortos.
Sistema de transferencias:
El artículo 46 del documento habla sobre el sistema de transferencias y las modificaciones que podría hacerle el presidente en un plazo de seis meses desde la fecha de expedición del PND. Según el artículo, el sistema será dirigido y coordinado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, que se encargará del “conjunto de políticas, programas, planes, proyectos y actores, orientados a la entrega de transferencias monetarias y transferencias en especie”. Con esto, dice el documento, se busca que se apoye más a la población vulnerable.
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Lo polémico es que un parágrafo transitorio de ese artículo señala que el presidente quedará revestido con facultades para que “por el término de seis meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley” pueda “expedir decretos con fuerza de ley, con el fin de modificar los programas de Familias y Jóvenes en Acción e incorporarlos al Sistema de Transferencias de que trata el presente artículo”.
Seguridad digital:
Se crearía, de acuerdo con el borrador filtrado, que por un término de hasta seis meses, el primer mandatario tendría facultades especiales para crear una entidad denomina “Agencia Nacional de Seguridad Digital” y así mismo determinar su “objeto, competencias específicas y estructura orgánica”. La agencia tendría como finalidad “la planificación, articulación y gestión de los riesgos de seguridad digital en el país y será el soporte institucional y de coordinación para la definición, ejecución, seguimiento y control de las estrategias, planes y acciones”.
Recuperación del Hospital San Juan de Dios:
Una de las metas inconclusas de Gustavo Petro cuando fue alcalde de Bogotá fue la recuperación de este establecimiento de salud. Ahora, el PND que propone su Gobierno le daría facultades para que una vez se publique como ley, pueda adelantar “las actividades tendientes a la adquisición, a título gratuito u oneroso, de la infraestructura que corresponde al Hospital San Juan de Dios-Instituto Materno Infantil”. Por otra parte, podrá crear “la persona jurídica cuyo objeto será la prestación de servicios de salud o la investigación en salud, y la expedición de las disposiciones orgánicas para su operación”.
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Reclusión y resocialización de la población indígena privada de la libertad:
El presidente podrá, en un plazo de seis meses, expedir decretos enfocados en a regular las “condiciones especiales de reclusión de los miembros de pueblos y comunidades indígenas”.
Regular los usos las sustancias psicoactivas:
Gustavo Petro ha dejado clara su postura frente a la lucha contra las drogas, la cual considera que es un fracaso. El borrador del PND que llegará al Congreso señala que por seis meses, el mandatario podrá “regular los usos alternativos de la planta de coca y el cannabis, para fines medicinales, terapéuticos y científicos de sustancias psicoactivas”.
Estructuración del grupo empresarial energético:
La transición energética es uno de los temas que más discusión han generado en la administración Petro. Ahora, según señala el borrador, el presidente tendrá la facultad por seis meses de expedir normas relacionadas con sus intenciones en el sector energético. El primer mandatario podrá expedir normas para “crear, suprimir, reestructurar, fusionar, escindir, liquidar o integrar empresas de generación, distribución y comercialización del sector eléctrico”.
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Lo que decida hacer el presidente tendrá que quedar ajustado para que haya una “participación mayoritariamente de la Nación, así como capitalizar y establecer las condiciones de aporte de capital de la Nación, en ejercicio de las facultades otorgadas por este artículo”. Asimismo, reza el texto que ″las facultades extraordinarias conferidas al presidente de la República serán ejercidas con el objeto de impulsar, promover, fortalecer y/o acelerar la transición energética justa, mejorar la prestación del servicio de energía eléctrica”.
Este es el borrador filtrado:
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