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Trabajadores discapacitados no podrán ser despedidos arbitrariamente

Así lo advirtió la Corte Constitucional quien protegió esos derechos, según el senador Félix Valera.

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La Corte Constitucional decretó la inexequibilidad del artículo 137 de la ley antitramites, que permitía a las empresas despedir arbitrariamente a un trabajador discapacitado, sin el consentimiento y aprobación del Ministerio del Trabajo.

De acuerdo al fallo serán restablecidas las garantías constitucionales, a que tienen derecho los trabajadores.

Así lo señaló el senador Félix Valera Ibáñez, quien dijo que “por solicitud de asociaciones y sindicatos de trabajadores discapacitados, presentamos el proyecto de ley 42 de 2012 que pretende restablecer los derechos que les arrebato arbitrariamente el decreto ley 19 de 2012 conocido como Ley Anti-trámites. La iniciativa restablece los derechos de los trabajadores a través de la acción afirmativa a favor de los trabajadores con discapacidad. Se nos da la razón, en cuanto a que la Corte Constitucional devuelve esos derechos a los trabajadores”.

“Destacamos que la Corte, mediante esta sentencia proteja los derechos de los trabajadores discapacitados, intensión que contenía explícitamente nuestro proyecto. Con esto enviamos un mensaje a los trabajadores colombianos, que seguiremos trabajando en favor de sus derechos, mediante debates de control político o presentando iniciativas como esta que se presentó a consideración de la Comisión Séptima del Senado, con ponencia positiva”, concluyó Varela.

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