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¿Si soy independiente me puedo afiliar solo a salud? Requisitos y excepciones

Aunque una persona trabaje por cuenta propia o sin un contrato formal, está obligada a afiliarse al sistema de salud. Sin embargo, no siempre es claro si puede hacerlo sin pagar pensión ni riesgos laborales. Las normas recientes precisan los casos, excepciones y requisitos que deben tener en cuenta quienes cotizan como independientes.

10 de octubre de 2025 - 06:42 a. m.
Imagen de referencia. Según el Ministerio de Salud, quienes “tienen capacidad de pago” deben estar afiliados al régimen contributivo, lo que incluye a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y sus familias.
Foto: Pixabay
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Aunque no trabaje para una empresa ni tenga un contrato formal, la ley colombiana sí permite (y a veces obliga) afiliarse como independiente al sistema de salud. Lo que varía son las condiciones y los requisitos, según el tipo de ingreso y situación.

Afiliación al régimen contributivo: obligación y principios legales

La Ley 100 de 1993 estableció que los trabajadores independientes son sujetos obligados a afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, bajo el régimen contributivo, según su capacidad de pago y sus ingresos.

Según el Ministerio de Salud, quienes “tienen capacidad de pago” deben estar afiliados al régimen contributivo, lo que incluye a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y sus familias.

Las EPS no pueden negar la inscripción por la edad, por condiciones médicas previas ni por riesgo. Esto está prohibido por mandato legal, en el Decreto 2353 de 2015.

¿Qué cotizaciones debe pagar un independiente?

¿Qué documentos se requieren para afiliarse como independiente?

Cada EPS puede tener requisitos propios, pero en general se exige:

Por ejemplo, la EPS Sura y otras ofrecen un formulario que el independiente diligencia para vincularse como cotizante.

¿Se puede afiliar “solo a salud” sin pagar pensión ni riesgos laborales?

No. En reglas vigentes:

Excepciones, mecanismos colectivos y riesgos

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