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Consejo de Estado pidió a la Procuraduría que se pronuncie sobre medidas cautelares a Petro

El alto tribunal admitió la demanda presentada por el exalcalde de Bogotá en contra de fallo emitido por el Ministerio Público.

10 de abril de 2014 – 10:23 a. m.

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El Consejo de Estado le pidió a la Procuraduría General que en un plazo de cinco días para que emita un informe relacionado con la solicitud de medidas cautelares solicitadas por el exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego en el marco de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho presentada en contra de la sanción disciplinaria emitida por el Ministerio Público.

Esta decisión se hizo en el marco de la admisión de la acción judicial presentada por la defensa del exmandatario distrital con la que busca que regresar a su cargo en el Palacio del Liévano. Para el magistrado ponente Gerardo Arenas Monsalve para continuar con el trámite que el órgano de control disciplinario le envíe los antecedentes administrativos que dieron origen a la expedición del fallo emitido por la Sala Disciplinaria que destituyó e inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos.

El magistrado consideró que “aunque las medidas de urgencia se pueden adoptar sin el consentimiento de la parte demandada, cuando se trata de actos administrativos sancionatorio (por ejemplo, fallos disciplinarios), es necesario escuchar no solo al demandante, sino también a la entidad que impartió la sanción, pues fueron expedidos con fundamento en un procedimiento establecido y regalado. ‘Escuchar a las dos partes es garantía del derecho al debido proceso, defensa e igualdad de las partes’”.

La providencia señala que en este caso no era necesario acudir primero a la conciliación en la Procuraduría General para acceder a la administración de justicia, por cuanto el nuevo Código General del Proceso estipula que cuando se solicitan medidas cautelares se puede acudir directamente al juez, sin necesidad de agotar la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad. 

El ponente afirmó que para el trámite posterior del proceso, es decir después de que llegue el escrito de la Procuraduría, se le dará prioridad a la decisión de las medidas cautelares solicitadas por el exburgomaestre. 

En la admisión de la demanda se consideró que el Consejo de Estado sí es el competente para realizar su respectivo estudio, basándose para esto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca) establece que esta Corporación conoce en única instancia las demandas contra los actos administrativos expedidos por el Procurador General de la Nación o lo que se profieran por el delegado del poder disciplinario.

“La vía gubernativa fue debidamente agotada por el demandante, pues interpuso recurso de reposición en contra del primer fallo disciplinario”, precisó el togado ponente, de quien se espera en un mes emita una decisión de fondo.

 

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