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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la modificación de la calificación jurídica de los delitos por los cuales era procesado el exsenador Iván Moreno Rojas dentro del juicio por su presunta participación en el ‘carrusel de la contratación’ en Bogotá.
En la diligencia celebrada este lunes, el alto tribunal rechazó el recurso de nulidad presentada ante esta decisión por la defensa del excongresista del Polo Democrático.
“No reponer la variación de la calificación jurídica de las conductas que son objeto de acusación efectuada», precisó el magistrado Fernando Castro, quien consideró que no tenían soporte los argumentos esgrimidos por el abogado defensor.
El pasado 2 de septiembre modificó el delito de cohecho propio a tráfico de influencias, mientras que en el delito de interés indebido en la celebración de contratos pasó de interviniente a determinador.
En este sentido, el delito de concusión no sufrió ninguna modificación por parte de la Corte Suprema que hizo varios reparos al escrito de acusación hecho por la Sala de Instrucción Penal en el caso del exsenador.
Con esta decisión, se aumenta también la pena que recibiría el exparalamentario si es condenado dentro de este proceso que ya cumple dos años y por el cual se encuentra privado de la libertad desde el 10 de mayo de 2011.
En el delito de tráfico de influencias, se considera que existen elementos materiales para adecuar su conducta más a este delito puesto que usando su investidura y su cercanía con el alcalde de Bogotá, Samuel Moreno Rojas el congresista buscó que las empresas del Grupo Nule se beneficiaran de los convenios de malla vial a cambio de una comisión.
“Surge incuestionable que el real y verdadero compromiso asumido por el aforado consistió en ejercer todo su poderío a través de los hilos de poder que manejaba para influir en otros servidores públicos vinculados al IDU con el propósito de que adjudicaran contratos a las empresas en las que tenía interés el Grupo Nule”, precisó el magistrado ponente en dicha oportunidad.