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Decretan nulidad de la elección del Gobernador del Chocó

La decisión fue tomada por la Sección Quinta del Consejo de Estado.

08 de julio de 2013 – 03:11 a. m.

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La Sección Quinta del Consejo de Estado decretó la nulidad de la elección de Luis Gilberto Murillo como gobernador del Chocó. 

La decisión se tomó al aceptar los argumentos de la demanda presentada en la que se indicaba que el mandatario departamental presentaba una inhabilidad puesto que había sido condenado por peculado por asignación oficial diferente.

La Sección Quinta del Consejo de Estado decretó la nulidad de la elección de Luis Gilberto Murillo como gobernador del Quibdó.

La decisión se tomó al aceptar los argumentos de la demanda presentada en la que se indicaba que el mandatario departamental presentaba una inhabilidad puesto que había sido condenado por peculado por asignación oficial diferente.

El fallo judicial, según la demanda, fue emitido en el año 1997 por su participación en la entrega irregular de recursos de la Gobernación cuando fungía como director de Codechocó. (Ver Mal momento para Murillo)

Ante esto se indicaba que se allegaron los elementos materiales probatorios que indicaban que incurrió en una inhabilidad de acuaerdo con los requisitos que establece la ley.

El tribunal de lo contencioso y administrativo rechazó los argumentos de la defensa del Gobernador que indicó que se presentó un principio de favorabilidad penal en su caso, porque el legislador modificó los elementos del tipo penal de peculado por aplicación oficial diferente. En consecuencia, la inhabilidad debía desaparecer.

Igualmente se aclaró que con la reforma constitucional que se introdujo en el referendo de 2003, se señaló como inhabilidad de carácter intemporal el haber sido condenado en cualquier tiempo por delitos que afecten el patrimonio del Estado, como sucedió en el caso de la referencia, en donde el juez penal en la sentencia condenatoria del año 1997 señaló que con la conducta que en su momento desplegó el señor Murillo Urrutia, afectó dicho patrimonio.

El mandatario fue condenado penalmente en el año 1997, a una pena principal de seis meses de prisión, interdicción de sus derechos y funciones públicas por el término de un año, así como al pago de una multa. (Ver: El concepto de la Procuraduría en el caso Murillo) 

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