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Taxistas que se nieguen a prestar servicio tendrán multa de $772.500

Equivalentes a 45 salarios mínimos.

28 de diciembre de 2010 – 04:03 a. m.

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Los taxistas que se nieguen a prestar el servicio pueden ser multados con $772.500 pesos, por cada vez que lo hagan. La sanción está prevista en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, que establece una multa equivalente a 45 salarios mínimos legales diarios vigentes.

El comandante de la Policía de Tránsito de Bogotá, Juan Francisco Peláez, anunció que los taxistas que se nieguen a recoger pasajeros serán multados. “Si los taxistas son sorprendidos en flagrancia, cuando un usuario es víctima de esta conducta y logra manifestar su queja, el taxista puede ser sancionado económicamente”, aseguró.

Los usuarios que resulten afectados pueden hacer sus denuncias en la línea 123 o al teléfono 3649400, extensión 2122, que es del Centro de control de Tráfico de la Secretaría de Movilidad.

Allí se tomarán las placas del vehículo, el nombre de la empresa a la que se encuentra afiliado y posteriormente se enviará un oficio a sus directivos para que tomen las medidas correctivas del caso.

Peláez afirmó que la medida atiende a las reclamaciones de los usuarios, con el fin de mejorar la movilidad de ciudadanos y turistas en época de vacaciones.
 

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