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Ministro de Justicia le responde a Human Rights Watch

Para Esguerra, el Marco Jurídico para la paz, en vez de representar un retroceso, puede suponer la base para eventual proceso de paz.

03 de mayo de 2012 – 04:22 p. m.

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El ministro de Justicia y Derecho, Juan Carlos Esguerra, le respondió al director ejecutivo de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, en relación con la crítica que Vivanco realizó acerca del acto legislativo “Marco Jurídico para la Paz”. Para el ministro » el acto legislativo busca sentar los cimientos sobre los que habrá de levantarse un eventual proceso futuro de paz».

Esguerra argumentó que no es verdad que en el “Marco Jurídico para la Paz” se permita la impunidad y las violaciones a los derechos humanos, sino que por el contrario, el proyecto buscará agilizar y mejorar los procesos de justicia transicional. “Para el Gobierno colombiano es claro que el tratamiento razonable del conflicto supone la creación de una estrategia integral de justicia transicional que permita, al mismo tiempo, la máxima satisfacción posible de los derechos de las víctimas y una transición efectiva hacia la paz. Esta conclusión surge de un detallado diagnóstico de la aplicación de la Ley de Justicia y Paz que, luego de casi 7 años de vigencia y tras la desmovilización de 35,299 miembros de grupos paramilitares, ha dado lugar a sólo 7 sentencias (de las cuales sólo 2 están en firme)”, afirmó el ministro.

Según el ministro la estrategia de justicia transicional que se adoptará supone la aplicación de unas medidas específicas:

1. La reparación efectiva de todas las víctimas del conflicto armado a través de los mecanismos creados en la Ley de Víctimas (Ley 1448 de 2011). Eso se llevará a cabo con un presupuesto 54,9 billones que ya fue aprobado por el Plan Nacional de Financiación y sostenibilidad de la Ley.
2. Una apuesta seria por el esclarecimiento de la verdad de los hechos ocurridos en el conflicto armado a través de mecanismos judiciales y extra-judiciales tales como el Centro de Memoria Histórica y la ley de Justicia y Paz.
3. Una serie de medidas para asegurar la garantía de no repetición de los hechos ocurridos en el conflicto, como la Política de Consolidación Territorial y reformas institucionales como la liquidación del DAS.

Estas estrategias, según Esguerra “hacen parte de la estrategia integral tanto el principio de “selección” de casos –que, lejos de propugnar la impunidad, pretende esclarecer la verdad y atribuir responsabilidades– como la investigación y el enjuiciamiento de los culpables, en cumplimiento de nuestras obligaciones internacionales derivadas del Estatuto de Roma y otros instrumentos”.

Además, el ministro se mostró confundido con respecto a la crítica de Human Rights Watch, debido a que esta organización ha realizado recomendaciones de justicia transicional en el pasado: “En 2005 ustedes tuvieron a bien recomendarnos implementar una serie de medidas integrales para la satisfacción de los derechos de las víctimas y concentrarnos en “descubrir la verdad acerca de abusos cometidos, (…) otorgar reparaciones a las víctimas (…) [y] desmantelar las estructuras subyacentes y el poder financiero de estos grupos”[5]. En el mismo sentido, en 2008 nos sugirieron concentrarnos en los crímenes más graves y los máximos responsables y explorar la “responsabilidad del superior, y otras formas de participación en la planificación y ejecución de los delitos, como la participación a través de un grupo de personas que actúa con una finalidad común (…)”

Para Esguerra, no es coherente que Vivanco critique el mecanismo de selección que se propone en el “Marco Jurídico para la Paz” puesto que éste permite la “persecución penal de los crímenes más graves y el desmantelamiento de las estructuras organizadas de poder”.

Este es un instrumento ampliamente reconocido a nivel internacional para garantizar la mayor satisfacción posible de los derechos de las víctimas. El Secretario General de Naciones Unidas, por ejemplo, ha advertido que ‘después de un conflicto la gran mayoría de los autores de infracciones graves de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario nunca son sometidos a juicio, ya sea en el país o en el exterior. Por ello la política de enjuiciamiento debe ser estratégica, basarse en criterios claros y tener en cuenta el contexto social, por ejemplo, la necesidad de limitar la culpabilidad de los autores de delitos menos graves y apoyar su reforma y reinserción»”, agregó.

El ministro de justicia se refirió también a la afirmación realizada por el director de Human Rights Watch, según la cual la aplicación de medidas de justicia transicional a los agentes de Estado “representaría un grave retroceso, absolutamente innecesario e injustificado”. Para Esguerra, este tipo de justicia es precisamente lo que necesita el proyecto pues “la posibilidad de incluir a los agentes del Estado en los procesos de justicia transicional no supone que se les vaya a dejar de investigar, ni que los instrumentos diseñados para los demás actores también les sean aplicables a ellos. Será el legislador quien determine las diferencias y especificidades de su aplicación como resultado de un proceso democrático y teniendo en cuenta el mayor nivel de responsabilidad del Estado y de sus agentes».

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