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Como en una partida de ajedrez, cualquier pieza que se mueva en la investigación penal contra Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada es meticulosamente estudiada en ambos extremos del tablero. En un lado está la Fiscalía moviendo las piezas negras para cumplir con su estrategia: pedir el cierre del expediente contra el expresidente por fraude procesal y soborno, por falta de pruebas. Y del otro lado, con las fichas blancas, está la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia que, a pesar de haber perdido la jurisdicción para adelantar el proceso contra Uribe, hoy tiene todas sus fuerzas enfiladas en el juicio al que llamó a Prada, por el delito de soborno.
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El más reciente movimiento lo jugó el alto tribunal esta semana: acusó a Prada, recién electo magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), por su participación en lo que ha calificado como un entramado de manipulación de testigos en el que participaron Prada y Uribe. El contenido de esa decisión de 600 páginas pone en tensión el tablero de la batalla: mientras que la Fiscalía sostiene, por segunda vez, que no hay pruebas para seguir adelante con el caso y llamar a juicio al expresidente, la Corte dice todo lo contrario en el expediente de Prada. Aunque es claro que son dos investigadores diferentes y dos investigados, con actos diferentes, los hechos son los mismos, pero con una sola conclusión para el alto tribunal: ambos excongresistas se concertaron para buscar testigos que beneficiaran a Uribe.
¿Cuál es la diferencia?
La acusación contra Álvaro Hernán Prada, quien siempre ha dicho que nada tiene que ver en el asunto y que habría intereses políticos detrás de la investigación en su contra, es contundente: ni su participación en conseguir testigos a favor de Uribe fue fortuita ni ajena a él. Todo fue una cadena de decisiones, llamadas y reuniones en las que habría participado el hoy magistrado con exparamilitares. Uno de ellos, Carlos López, alias Caliche, quien habría sido el encargado de buscar una declaración a favor de Uribe. Como se sabe, esa versión se la pidieron a Juan Guillermo Monsalve, antiguo miembro de Los Rastrojos, para que cambiara su versión sobre los supuestos nexos entre la familia de Uribe Vélez y la creación del bloque Metro de las Autodefensas.
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Esa retractación nunca existió. Lo que ocurrió fue que Monsalve alertó que Caliche lo había contactado para ofrecerle beneficios jurídicos, a cambio de un video en el que dijera que Uribe no tenía nada que ver con ese episodio de la guerra. El testigo, quien sostiene haber integrado las filas del paramilitarismo, aclaró que su amigo Carlos López le advirtió que detrás de ese ofrecimiento estaban Prada y el mismo Uribe (situación que ambos han negado) y que él mismo había escuchado, en el teléfono de Prada, la voz del expresidente pidiendo que se acercara a Monsalve. Para la Sala de Instrucción, el hoy magistrado del CNE no actuó simplemente por solidaridad con el expresidente, sino todo lo contrario: sabía perfectamente qué estaba haciendo y, además, se aprovechó de su investidura de congresista para sacar ventaja. En pocas palabras, fue su cómplice.
“Lo que se advierte es que quienes actuaron (uno de ellos, Prada) lo hicieron a nombre y representación de otro, quien emerge como determinador, con un encargo igual y específico de quien estando detrás sí tenía el conocimiento y control de toda la situación que era una sola, llegarle a Juan Guillermo Monsalve para proponerle, bajo ofrecimientos de beneficios jurídicos, que se desdijera de sus previas acusaciones”, señala la Corte, que revisó miles de pruebas, testimonios, originales y repetidos, de quienes han declarado y cambiado sus versiones sobre lo que sucedió en febrero de 2018. Y es aquí donde surge la diferencia determinante entre el trabajo de la Fiscalía y el de la Sala de Instrucción, que ha partido en dos caminos una historia cuyos hechos y personajes son los mismos.
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Para el alto tribunal, las evidencias le permiten señalar que Uribe fue el determinador de la búsqueda de testimonios a su favor. Para la entidad que dirige Francisco Barbosa, las pruebas no dan cuenta de esa participación. Mientras que la Sala de Instrucción dejó claro esta semana que Prada realizó “un aporte o colaboración a la conducta de quien sería el determinador y autor material del delito (soborno)”, la Fiscalía está lista para insistirle a un juez, por segunda vez en un año y medio, que no puede seguir la investigación contra Uribe, por falta de pruebas. Ya lo advirtió en marzo de 2021, cuando el caso cayó en manos del fiscal Gabriel Jaimes Durán, luego de que el expresidente renunciara a su curul en el Senado y perdiera el fuero que obligaba a la Corte Suprema a investigarlo.
En ese momento, el tercer alto funcionario más importante de la Fiscalía (por encima de él solo están el fiscal general y la vicefiscal) señaló que no había pruebas suficientes para determinar que Uribe debía ir a juicio por fraude procesal y soborno. El término exacto que utilizó Jaimes fue que existía la atipicidad de la conducta, que no es otra cosa que la fórmula jurídica de decir que no hubo delitos y que la presunción de inocencia no se puede tocar. Aunque en el caso de Uribe hay otros ingredientes, como los episodios que involucran al abogado Diego Cadena en la consecución de otras versiones a favor del expresidente, en su caso también existen casi todas las pruebas y hechos en la investigación por el episodio que hoy tiene a Prada a punto de ir a juicio en la Corte Suprema.
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Para la Fiscalía, no solo Álvaro Hernán Prada no fue cómplice de Álvaro Uribe Vélez, sino que todo el episodio en el que intervino alias Caliche para conseguir la retractación de Juan Guillermo Monsalve fue una invención total. El ente investigador le dio toda la credibilidad a la versión de Carlos López, cuando dijo que su llamada con el expresidente era mentira, y que su intermediación con Monsalve correspondió a su “interés descomunal de presentarse como enviado especial de Álvaro Uribe”, por ser un fiel seguidor del exsenador y del uribismo. Además, el fiscal Jaimes Durán presentó una versión contraria a la que presentó la Corte cuando decidió poner preso a Uribe, en agosto de 2020. Para la Fiscalía, quien intentó contactar al expresidente y los seguidores de su partido fue Caliche.
En cambio, para la Corte es claro que fue al revés. No solo porque existen mensajes de texto, sino porque en el expediente también hay interceptaciones de llamadas en donde Caliche explica, en más de una ocasión, que Prada lo contactó a él y no al contrario, como lo ha dicho la Fiscalía. Pese a que el ente investigador reveló su movimiento y estrategia de pedir la preclusión del caso en marzo del año pasado, solo en abril de 2022 la partida se movió. En una audiencia que duró más de 12 horas, la jueza Carmen Helena Ortiz tumbó todos los argumentos del fiscal estrella. Lo hizo luego de estudiar la petición de Gabriel Jaimes y también de escuchar las intervenciones de la defensa de Uribe, la Procuraduría y las víctimas reconocidas en el caso: el senador Iván Cepeda, Deyanira Gómez (expareja de Juan Guillermo Monsalve) y los exfiscales Eduardo Montealegre y Jorge Perdomo.
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Lo que la jueza le dijo al ente investigador y a la defensa de Uribe, que también había pedido el cierre de la investigación, es que no podía aceptar su solicitud de cerrar el expediente por una sencilla razón: hay pruebas suficientes para no hacerlo y, lo que en realidad debía hacer, era llamar al expresidente a juicio. Remató la jueza diciendo que a la investigación de Jaimes Durán “le faltó mejor esfuerzo”. Para la Fiscalía, la derrota de Jaimes fue como perder la reina en la partida de ajedrez. Pero en el tablero todavía tiene un alfil: el fiscal Javier Cárdenas. La propia entidad dijo hace poco que se trataba del único fiscal de su nivel (delegado ante la Corte Suprema) “que se encuentra inscrito en el registro público de carrera especial de la entidad, además de tener una amplia experiencia como juez”.
Con Cárdenas a la cabeza del expediente, él mismo ordenó practicar más y nuevas pruebas, sobre todo para resolver las dudas que había planteado la jueza Ortiz. Además, hizo algo que su predecesor en el caso no hizo, sin que todavía exista una explicación lógica: llamó a interrogatorio a Álvaro Uribe Vélez (una diligencia que es normal que suceda durante los primeros momentos de una investigación). Las pesquisas del nuevo fiscal duraron un poco más de tres meses y el primero de agosto pasado, anunció su decisión. Pese a que la Corte hoy insiste en que Uribe fue el determinador de un esquema de sobornos y manipulación de testigos, la Fiscalía volverá a pedirle a la justicia que cierre la investigación, bajo los mismos argumentos que planteó hace un año Gabriel Jaimes Durán.
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Aunque todavía no hay muchos detalles, lo que se sabe es que Cárdenas echará mano de la figura de la atipicidad de la conducta y de que es imposible desvirtuar la presunción de inocencia del expresidente Uribe. Todavía no es claro cuál será la novedad en la petición del fiscal, pues primero tiene que solicitarle a un juez que lo escuche y solo allí destapará sus movimientos. Y, como ya ocurrió una vez, todas las partes del caso deberán refutar o acompañar a la Fiscalía (intervenciones que ya duraron casi siete meses). Pese a que el comienzo de esas audiencias será clave para perfilar hacia dónde va la posición de la Fiscalía –que se juega buena parte de su independencia en este caso, pues para nadie es un secreto la cercanía de Barbosa y Gabriel Jaimes con el uribismo–, todavía falta mucho camino por recorrer.
No solo porque todavía no hay fecha para la nueva audiencia de solicitud de preclusión, sino porque el camino aquí también es incierto. La duda radica en que no existe una regla clara ni ley que determine cuántas veces puede la Fiscalía pedirle el cierre de un caso a un juez. Aunque para abogados penalistas y constitucionalistas es claro que solo puede una vez y, en el caso de Uribe, lo que debía ocurrir es que Gabriel Jaimes debía acusar al expresidente, la estrategia de la entidad de Barbosa ha resultado ventajosa y le ha tumbado varios peones a la Corte Suprema, especialmente, al desconocer sus hallazgos y teorías. Sea cual sea el camino que tome la Fiscalía y las víctimas, en este caso sigue habiendo salidas: cualquiera de las partes puede apelar una decisión y el caso pasaría al Tribunal Superior de Bogotá.
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Mientras tanto, en la Corte Suprema de Justicia el caso contra Prada avanza sin mayores contratiempos. Aunque su defensa presentó un escrito en contra de la acusación de más de 600 páginas, lo más probable es que el siguiente paso sea el inicio del juicio del magistrado del CNE. “Se aprecia, con alta probabilidad de verdad, que el aforado Prada, prevalido de su posición distinguida social y política en la sociedad, e instrumentalizando su función congresual, participó en grado de cómplice en el presunto delito de soborno”, concluyó la Sala de Instrucción. Todo lo contrario ocurre en el caso de Uribe, cuyo desenlace hace que el ganador de la partida todavía sea incierto. Si algo ha probado el paso de Uribe ante la justicia, en compañía de sus abogados, es que nada está escrito.
Ya obligó a la Corte Suprema a dejar de investigarlo cuando renunció al Senado, puso en duda el trabajo del alto tribunal cuando le pidió a la Fiscalía que iniciara de cero su investigación y ahora tiene a la Fiscalía pidiendo una segunda preclusión sin saber qué puede pasar o si un juez se la niega de nuevo (no es claro cuántas veces puede pedir el cierre). Para muchos, esto significa que el expresidente podría estar en los estrados judiciales durante años sin que haya una decisión contundente, como la que se conoció esta semana en el caso de Prada. Pero, como todo proceso penal, los tiempos tienen sus límites. En el caso de Uribe, la investigación también podría prescribir.
Las reglas determinan que ese tiempo hay que calcularlo según el delito. Así, la pesquisa por fraude procesal tendría que cerrarse en 2025 y la de soborno, en 2027. Todo esto dependerá de lo que pueda hacer la Fiscalía de Barbosa, a la que le quedan solo dos años antes de que el presidente Gustavo Petro presente su terna de candidatos para reemplazarlo, y de las reglas que, eventualmente, podría determinar un juez.