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El gerente de Metrovivienda, Francesco Ambrosi, y la directora Corporativa de la misma entidad, Olga Teresa de Jesús Ávila, contestaron los cuestionamientos de la Personería de Bogotá con respecto a presuntas irregularidades en la expropiación de un predio en la localidad de Bosa.
Señalaron que no actuaron con negligencia frente a su responsabilidad en la defensa de los intereses de la ciudad, dando lugar a la invasión del predio donde estaba previsto el desarrollo de un proyecto de interés social; tal como lo aseguró el ente de control distrital.
En este sentido, Metrovivienda indicó que el proceso de expropiación en ese lote está vigente desde el año 2002 y que "durante todo este tiempo se han adelantado las gestiones judiciales y administrativas para recibir a satisfacción los terrenos en mención, cosa que no ha sucedido, y poder desarrollar allí proyectos de vivienda de interés prioritaria que beneficien a los bogotanos más necesitados".
Igualmente, puntualizaron que desde 2003 la empresa interpuso las respectivas querellas ante la Alcaldía Local de Bosa y la Inspección de Policía por las ocupaciones irregulares.
Cronología de los hechos según Metrovivienda
En 2002 la empresa inició el proceso de expropiación, en el Juzgado Décimo Civil del Circuito, solicitando la entrega anticipada del predio urbanístico para la Ciudadela El Porvenir.
Posteriormente en el mes de septiembre del mismo año, el Despacho Judicial, ordenó a Metrovivienda, la consignación del 50% del valor del avalúo comercial, a órdenes del Juzgado, para lo cual la Entidad canceló la suma de $273.319.895, con el fin de proceder a la entrega anticipada del predio.
No obstante realizada la actuación anterior, el Despacho Judicial, suspendió la diligencia de entrega del inmueble hasta tanto no existiera un avalúo judicial definitivo, apartándose de lo establecido en el Código de Procedimiento Civil, referente a la entrega anticipada.
Por otro lado, en el transcurrir procesal que siguió el caso, se evidenció que solamente hasta el año 2008, se profirió el avalúo judicial definitivo, el cual quedó en firme en el mes de mayo de 2008, cinco años después de proferida la sentencia, por la suma de $1.076.412.443.30.
De tal manera, que el Despacho Judicial, fundamenta su decisión en indicar que no procedía la entrega del inmueble hasta tanto no existiera el pago del avalúo judicial, el cual, se dio cinco años después de la sentencia, desconociendo, no solamente lo señalado en el Código de Procedimiento Civil, sino los motivos de utilidad pública e interés social que enmarca el proyecto de vivienda previsto.