Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
En el histórico fallo que ratificó la condena de 30 años de prisión contra del coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega, la Sala Penal del Tribunal Superior puso además el dedo en la llaga en otros temas y personajes relevantes durante el proceso investigativo por los desaparecidos del Palacio de Justicia.
Señala en una de sus consideraciones, que el cabo (r) Edgar Villamizar, uno de los principales testigos en contra de los militares, podría ser investigado por haber participado de manera directa e indirecta en el delito de desaparición forzada agravada.
El Tribunal Superior consideró que es necesario investigar a todas las personas que personas que participaron en la operación de recuperación del Palacio de Justicia, principalmente los uniformados que pertenecieron a la agregación militar de la Brigada VII de Villavicencio, con el fin de establecer si participaron o conocieron los hechos en los que 11 personas fueron desaparecidas.
«Se investigue la posible intervención del deponente, así como la de sus miembros de la Brigada VII de Villavicencio (Comando Integrado Antiextorsión y Secuestro), que durante los días 6 y 7 de noviembre de 1985 estuvieron en la Escuela de Caballería y posiblemente participaron en la ejecución de los delitos de desaparición forzada, tortura y homicidio de los que fueron víctimas las personas rescatadas del Palacio de Justicia”, precisa uno de los apartes.
En su decisión se considera además que en el caso específico de Villamizar, éste “prestó una colaboración eficaz y por tanto debe examinarse la posibilidad de otorgarle los beneficios que la ley permita”, precisando el hecho de que el testimonio del cabo permitió abrir las investigaciones que permitieron establecer la participación de un grupo de militares en el delito de desaparición forzada agravada.
Sin embargo, el Tribunal hace un llamado para que las personas que tengan un conocimiento sobre el paradero de siete trabajadores de la cafetería, tres visitantes ocasionales y una guerrillera del M-19, se presenten ante los organismos judiciales para que den su declaración sobre los hechos ocurridos hace más de 26 años.
“La Sala considera oportuno señalar que todas las personas que brinden una colaboración eficaz que conduzca al pleno esclarecimiento de los hechos y la fijación de otros responsables, pueden acercarse a la Fiscalía General de la Nación a reportar lo que conduzcan sobre la forma cómo se ejecutaron las acciones punibles y señalar a los responsables de las mismas”, se aclara en una de las conclusiones del fallo de 968 páginas.
Esta solicitud, también abarca a los militares procesados y condenados por estos hechos, los cuales, según sea la importancia y validez de la información que presenten, podrían recibir una rebaja en sus penas, otorgamiento de prisión domiciliaria o libertad condicional, e incluso su incorporación al programa de protección de víctimas y testigos.
Pero también las personas que quieran colaborar con la justicia tendrán que entregar información sobre quiénes fueron los responsables de torturas y amenazar de muerte en reiteradas oportunidades a los estudiantes de la Universidad Externado de Colombia, Yolanda Santodomingo y Eduardo Matson, quienes fueron trasladados de la Casa del Florero al Comando de Inteligencia y Contrainteligencia (Coici) señalados de ser guerrilleros.