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Declaran improcedente tutela contra el Procurador por discriminación sexual

La Corte Constitucional dejó sin piso jurídico la acción judicial contra Ordóñez Maldonado, quien había sido entutelado por presuntamente discriminar a un funcionario homosexual.

23 de enero de 2012 – 03:01 a. m.

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Al considerar que no se presentaron ni documentos ni testimonios que sustentaran la tutela, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional declaró improcedente la acción judicial instaurada contra el procurador General, Alejandro Ordóñez Maldonado, por el funcionario del Ministerio Público Daniel Sastoque Coronado, quien argumentó discriminación por haberlo trasladado de oficina.

Para la Constitucional, tanto el Tribunal Superior de Bogotá y la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia ya habían negado la acción de tutela, al considerar que no existían argumentos de fondo que evidenciaran un trato irregular por parte del Procurador General contra Santoque, quien demandaba un traslado de su puesto de trabajo debido a su orientación homosexual y a sus ideas políticas y filosóficas.

“No encuentra la Corte que el acto [de traslado] haya sido “ostensiblemente arbitrario” ni, por tanto, que la tutela sea procedente en virtud de la primera hipótesis. Conviene aclarar que el peticionario no ha sido el único funcionario trasladado desde la Procuraduría Delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Étnicos en el año dos mil diez (2010) y en lo que va del año dos mil once (2011)”, precisa uno de los apartes de la decisión.

Igualmente, manifiesta la Corte Constitucional que no se encontraron elementos que permitieran concluir que el traslado de Sastoque fuera expedido de manera intempestiva, aclarando que tampoco se pudo demostrar la violación, con esta acción, de sus derechos fundamentales como el de la salud, libertad de expresión, trabajo digno y buen nombre.

Manifiesta la Corporación que “el traslado del señor a la sede regional de Cundinamarca se dispuso con el fin de satisfacer la creciente demanda de servicios que experimentaba esa dependencia, como resultado de haberle asignado la función de atender la población desplazada por la violencia que llegara la capital del país y al Departamento de Cundinamarca, en conjunto con las Procuradurías Distritales”.

Por último, la Corte Constitucional tuvo en cuenta además las declaraciones del Procurador General, “en su calidad de ciudadano”, sobre ciertas opciones sexuales a propósito del grado de protección que estas deben recibir por parte del Estado y sobre cuáles deben ser los límites de la libertad humana en asuntos sexuales y eróticos.  

Con esta, ya son 10 las tutelas que se archivancontra el jefe del Ministerio Público.

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