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El derecho al reconocimiento de este tiempo y su remuneración está actualmente consagrado, tanto en el Código Sustantivo del Trabajo como en la Ley 100 de 1993, y dispone que las trabajadoras, después del parto, tienen derecho a doce semanas de licencia remunerada, con el salario que estén devengando en ese momento. La reglamentación colombiana se encuentra, sin embargo, por debajo de los estándares internacionales. Sólo en América Latina, países como Brasil, Costa Rica, Panamá, Chile, Cuba y Venezuela cuentan con licencias remuneradas más largas, de catorce, diecisiete o dieciocho semanas. Asimismo, Colombia incumple desde hace más de medio siglo el Convenio 103 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que estableció en 1952 prolongar la licencia de maternidad a catorce semanas.
Por ello, no es la primera vez que el autor de la iniciativa, el senador Juan Lozano Ramírez, insiste en la urgencia de aumentar la licencia. De hecho, desde su cargo como ministro de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo intentó en 2008 pasar un proyecto similar. Para Lozano, una de las prioridades es garantizar una licencia previa para que la futura madre pueda dejar de laborar dos semanas antes del nacimiento de su hijo. “Resulta fundamental impedir que los niños en Colombia sigan naciendo en los CAI, en los transmilenios, en la calle. Porque aquí el régimen ha llevado a obligar a las mujeres a trabajar hasta el día del parto, porque la licencia es estrecha y porque los días previos al parto se les descontarían”, afirma el promotor del proyecto. Y lo cierto es que la llamada ‘licencia previa’, que según el proyecto sería de máximo dos semanas y mínimo tres días, es trascendental para evitar complicaciones o accidentes en las últimas semanas de gestación que son, de lejos, las de mayor riesgo.
Otro de los puntos del proyecto es la ampliación de la licencia de maternidad en casos de partos prematuros, la cual debe ser proporcional al número de semanas equivalentes a la diferencia entre el nacimiento a término a partir de las 37 semanas y la edad gestacional. Este es sin duda un avance importante, no sólo por la atención especializada que requiere un niño prematuro —la importancia del contacto con los padres y el alto nivel de estrés que puede experimentarse dentro de la familia—, sino porque alrededor del 18% de los nacimientos reportados en el país anualmente son prematuros. Es importante garantizar la salud del bebé y de la madre, además de aumentar la calidad de vida de las familias colombianas.
No obstante, el proyecto, a pesar de disminuir el rezago frente a las regulaciones internacionales, se queda corto al no tomar en cuenta enfoques innovadores que en la actualidad son puestos en práctica por muchos gobiernos para mejorar la conciliación entre la vida laboral y familiar junto a la protección de la maternidad. En este sentido la iniciativa no contempla siquiera la posibilidad de adjudicar licencias paternas o compartidas pese a que, en el mundo, al menos 49 países contemplan hoy políticas sobre licencias que pueden ser utilizadas por el padre o la madre en el período cercano al nacimiento de su hijo. Este modelo de política que reconoce la participación del padre sería un movimiento importante hacia la igualdad de género. Tener un hijo es proyecto de ambos, pero es a las mujeres a quienes castiga el mercado por los períodos que se les conceden en la licencia de embarazo. ¿Podrán discriminar los empleadores a favor de los hombres cuando a éstos la ley también les conceda licencia? Tal vez. Pero les quedaría, ciertamente, más difícil.