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Tutela quedaría sin cambios en Reforma a la Justicia

Aunque la Cámara incluyó que el órgano de cierre sea la Corte Constitucional para evitar más ‘choques de trenes’, esa figura no sufriría modificaciones, según la conciliación. De otro lado, se eliminó la ‘supercorte’.

15 de diciembre de 2011 – 11:13 a. m.

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La figura de la tutela en la reforma a la justicia no sufrirá ningún tipo de cambio, como lo buscó la Cámara de Representantes en la aprobación en cuarto de ocho debates de la reforma a la justicia.

Aunque los representantes incluyeron en el proyecto que el órgano de cierre de esa figura que defiende los derechos de los ciudadanos fuera la Corte Constitucional, en el informe de conciliación este jueves ese acordó que ésta quedará como opera en la actualidad.

El ponente del proyecto, el representante Orlando Velandia Sepúlveda, dijo que “no se va a tocar el tema del órgano de cierre que habíamos establecido en la Cámara que quedaba en cabeza de la Corte”.

En la cámara alta, el argumento para retirar esa idea de la conciliación es que no se pueden tratar temas que no fueron tocados en el Senado porque la no consecutividad afectaría el trámite y la revisión de la Corte Constitucional de todo el proceso de aprobación.

Se elimina la ‘Supercorte’

De otro lado, se acordó en la conciliación que no se creará, como lo contempla el proyecto, la figura de una ‘supercorte’.

Aunque se mantiene la doble instancia para el juzgamiento de los congresistas, la investigación y el juzgamiento serán a través de dos sub-salas en la Corte Suprema de Justicia pero los magistrados de ese tribunal no tendrán ninguna incidencia en el nombramiento de los juristas. Así las cosas, serán las demás cortes las que elegirán a los magistrados de las sub-salas.

Para la segunda instancia en el juzgamiento será la sala penal de la Corte Suprema de Justicia la que adelante ese proceso.

Cortes, sin facultad de presentar candidatos para entes de control

En la conciliación, igualmente se acordó que las Altas Cortes no tendrán la facultad de poder nominar para candidatos de Contraloría, Procuraduría y Defensor del Pueblo.

La idea ahora es que en esos de entes de control quien nomine sea el Presidente de la República y quien elija sea el Senado y la Cámara de Representantes.

En la actualidad, el contralor es escogido por el Congreso en pleno de una terna integrada por candidatos presentados a razón de uno por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Para el caso del Procurador lo elige el Senado de una terna que debe ser integrada “por candidatos del presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado”.

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