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Fuero militar, ‘supercorte’ y retiro a poder nominador de cortes, en Reforma a Justicia

Tras más de dos días de debate en la plenaria de la Cámara de Representantes, en su cuarto de ocho debates concluyó la aprobación del acto legislativo.

14 de diciembre de 2011 – 01:35 p. m.

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Este miércoles en la tarde la plenaria de la Cámara de Representantes terminó la aprobación de la totalidad de la reforma a la justicia en su cuarto de ocho debates.

Tras más de dos días de deliberaciones sobre el acto legislativo, que no cuenta con el acompañamiento de las Altas Cortes, la corporación terminó el proceso de aprobación.

Dentro de los artículos que más se destacan dentro del proyecto están el fuero militar, la creación de una ‘supercorte’ y el retiro del poder de presentar candidatos para Contraloría y Procuraduría para las Cortes.

El polémico fuero militar

Pese a los reparo de la ONU y Human Rights Watch, la Cámara de Representantes mantuvo la idea de mantener el fuero militar en la reforma a la justicia.

El ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, dijo que “nosotros estamos en este esfuerzo fundamentalmente buscando que haya justicia, que los miembros de la Fuerza Pública cuando se encuentren en operaciones militares o policiales puedan ser analizados sus casos y juzgados en el marco de un conocimiento especializado”.

Sin embargo, Pinzón es claro en advertir que sabiendo la necesidad de que haya justicia, “de ninguna manera podemos aceptar impunidad, y este proyecto y este artículo de ninguna manera permite la impunidad”.

La idea del Congreso y el Gobierno con el fuero especializado es que de los procesos en contra de los uniformados en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, “conocerán las cortes marciales o tribunales militares”.

Se crea ‘supercorte’ para altos dignatarios

La plenaria de la Cámara dio vía libre a la creación de la ‘supercorte’ que juzgará a los legisladores, siendo ésta elegida en parte por los mismos congresistas.

El artículo establece que el ‘Tribunal para la Investigación y Juzgamiento de aforados constitucionales’, que estará conformado por seis magistrados, será elegido así: dos juristas por el presidente de la República, dos por la sala de Gobierno del Consejo Superior de la Judicatura y dos más por el Congreso de la República.

Así las cosas, los legisladores escogerán a un tercio de sus propios jueces, que estarán en esos cargos por periodos de 12 años. Ese mismo tribunal implica que el juzgamiento de los senadores y representantes a la Cámara en primera instancia ya no será más de la Corte Suprema de Justicia.

Ahora, sólo en segunda instancia los procesos contra los legisladores llegarán a ese alto tribunal.

Cortes, sin poder presentar candidatos a entes de control

La plenaria de la Cámara en la votación en cuatro de ocho debates de la reforma a la justicia les quitó las facultades para nominar y presentar candidatos para los órganos de control a las altas cortes.

El ponente del proyecto, el representante Alfonso Prada Gil, dijo que “se eliminan las facultades nominadoras del Consejo de Estado, Corte Suprema de Justicia y Corte Constitucional en lo que tiene que ver con Contraloría y Procuraduría”.

La idea ahora es que en esos de entes de control quien nomine sea el Presidente de la República y quien elija sea el Congreso en pleno.

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En la actualidad, el contralor es escogido por el Congreso en pleno de una terna integrada por candidatos presentados a razón de uno por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Para el caso del Procurador lo elige el Senado de una terna que debe ser integrada “por candidatos del presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado”.

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