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Ante la justicia ordinaria también deberá responder el excomandante de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio Ramón Isaza, por decisión de la Corte Suprema de Justicia, lo que podría significarle penas superiores a la de ocho años que concede como máxima la Ley de Justicia Transicional que llevó a la desmovilización de los paramilitares.
La Sala Penal ordenó que 27 delitos de lesa humanidad que se le endilgan al exparamilitar sean dirimidos fuera de Justicia y Paz, que es el mecanismo de judicialización transicional que le permitía a los desmovilizados pagar penas de máximo ocho años de cárcel.
El organismo sostuvo que delitos como la desaparición forzada, homicidios, entre otros que fueron cometidos después de promulgada la Ley 975 de 2005 (de Justicia y Paz) no pueden entrar en ese mecanismo excepcional, que señala que esa especie de trato preferencial de la justicia solamente cobija los hechos cometidos antes de la fecha.
Su abogado Camilo Güiza insiste en que el frente dirigido por Isaza, como muchos otros, se desmovilizó luego de la expedición de la norma, lo que demuestra que esa interpretación hace inócua la Ley.