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Salud capital, en la mira

Distrito creará un comité para hacerle seguimiento a las tutelas contra EPS, clínicas y hospitales. Se estudiará lo que los ciudadanos demandan por fuera del POS con el fin de incluirlo cuando se actualice el Plan.

03 de diciembre de 2008 – 06:00 p. m.

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Más de siete mil tutelas contra las Empresas Prestadoras de Salud (EPS), clínicas y hospitales es el saldo que ha dejado la barrera al acceso a este servicio en la capital este año. Día a día cientos de bogotanos se enfrentan ante un Plan Obligatorio de Salud (POS) que no ha sido actualizado desde 1994 y que según la Secretaría de Salud no cubre procedimientos como cirugías estéticas, prótesis de mano y brazo, medicamentos para enfermedades mentales, como el Alzheimer, tratamientos para la hipertensión y medicinas de última generación utilizadas para enfermedades como la hemofilia, condición que impide la correcta coagulación de la sangre, y el cáncer.

Debido a las miles de tutelas impuestas por los ciudadanos que reclaman tratamientos y medicinas que aún no cubre el POS y que según Juan Manuel Diazgranados, director de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), ganan en un 90% los usuarios, la Corte Constitucional agrupó 22 de éstas en las cuales la institución consideró que se viola el derecho a la salud y que “son una muestra de las tutelas que frecuentemente son ventiladas ante los jueces del país” para proferir la sentencia T -760 de 2008.

Esta norma plantea la universalidad en la prestación de los servicios de salud y  busca eliminar la acción de tutela como único medio para que los ciudadanos reclamen sus derechos ante las EPS. “La idea es que los usuarios no tengan que acudir ante un juez para que la EPS les otorgue los servicios solicitados, sino que el proceso de reclamo lo realice el paciente ante el Comité Técnico Científico  (CTC) de cada EPS”, explicó Diazgranados.

Además, la providencia tiene como objetivo realizar un perfil epidemiológico actualizado de los colombianos. Esto significa que se estudiarán cuáles son las principales enfermedades para determinar qué medicinas deben ser incluidas en el POS.

Desde el primero de enero de 2009 funcionará un observatorio de seguimiento en Bogotá a la sentencia, coordinado por el concejal Edward Arias y compuesto por la Defensoría del Pueblo, la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), la Veeduría, Personería, Secretaría de Salud y el Concejo de Bogotá.

“Debido a la importancia de esta sentencia para el sistema de salud, Bogotá organizó un observatorio que tiene como objetivo vigilar que lo dicho en la providencia se cumpla. La idea es identificar mensualmente qué es lo que está demandando la ciudad por fuera del POS, con el fin de que cuando haya una reestructuración del Plan, se tengan en cuenta las necesidades más manifiestas de los bogotanos y se introduzcan los medicamentos y procedimientos necesarios“, explicó el concejal Arias.

“El POS tienen límites, no cubre todo lo imaginable. En el 94, un año después de que se expidió la Ley 100, se hizo un estudio para ver qué medicamentos debían estar en el Plan. Desde entonces no se ha hecho una actualización. Los avances tecnológicos en materia de medicina van a velocidades muy rápidas, mientras que el POS no”, explicó Diazgranados.

El observatorio deberá entregarle un reporte a la ciudad cada 30 días en el Concejo de Bogotá, y entre sus funciones están la de hacer un seguimiento y evaluación de los casos reportados, monitorear los reclamos hechos por los ciudadanos (verificar que sí se cumplan los pedidos de las personas) y reportar los casos de incumplimiento de la sentencia a la Secretaría de Salud, entre otras.

Según esta última entidad, la mayoría de tutelas que imponen los bogotanos son contra EPS, seguidas por las clínicas, hospitales y centros de salud.

  “Este observatorio nos va a permitir estar evaluando la situación de estas tutelas. Debido a la sentencia, en este momento el Ministerio de Salud está trabajando en la ampliación del plan de beneficios para los usuarios con el fin de incluir una serie de medicamentos que están necesitando los usuarios. Este punto va a ser clave para la solución de la cobertura”, explicó el secretario de Salud, Héctor Zambrano.

Las autoridades distritales esperan que este nuevo observatorio se convierta en un centro de información que establezca qué está pasando con las demandas de los bogotanos en cuanto a salud.

La salud ante la Corte

“El derecho a la salud es un derecho constitucional fundamental. La Corte lo ha protegido por tres vías. La primera ha sido estableciendo su relación de conexidad con el derecho a la vida, el derecho a la integridad personal y el derecho a la dignidad humana, lo cual le ha permitido a la Corte identificar aspectos del núcleo esencial del derecho a la salud y admitir su tutelabilidad; la segunda ha sido reconociendo su naturaleza fundamental en contextos donde el tutelante es un sujeto de especial protección, lo cual ha llevado a la Corte a asegurar que un cierto ámbito de servicios de salud requeridos sea efectivamente garantizado; la tercera, es afirmando en general la fundamentalidad del derecho a la salud en lo que respecta a un ámbito básico, el cual coincide con los servicios contemplados por la Constitución, el bloque de constitucionalidad, la ley y los planes obligatorios de salud, con las extensiones necesarias para proteger una vida digna” (sentencia T – 760 de 2008).

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