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La Corte Constitucional declaró en 2006 que la interrupción del embarazo era legal en Colombia en tres casos: malformación del feto, riesgo para la salud de la madre y embarazo producto de una violación.
Sin embargo, en el país del Sagrado Corazón, donde, según Medicina Legal, fueron reportadas 16.993 violaciones el año pasado, hay un creciente malestar por la práctica de interrupción del embarazo, en los tres casos específicos que la Corte autorizó.
Este lunes en el Concejo, Ángela Benedetti, Gilma Jiménez y Liliana de Diago adelantaron un debate en el cual se pretendía buscar más responsabilidad de parte de las autoridades con el cumplimiento de la ley.
De acuerdo con la Secretaría de Salud, en Bogotá se han presentado 177 casos en los que se ha procedido con la interrupción del embarazo, y tan sólo tres casos en los que instituciones clínicas se han negado a practicarlo.
En cambio, las cuentas de la concejala Benedetti apuntan a otra parte. “Tenemos cifras de Mesa por la Vida, una organización que presta asesoría a las mujeres que deben someterse al procedimiento, que dicen que 55 casos han sido rechazados por EPS”.
La figura de la objeción de conciencia se ha erigido como uno de los grandes impedimentos para que las mujeres puedan, según lo permite la ley, interrumpir su embarazo. La objeción de conciencia sólo es procedente para personas naturales, no jurídicas, o sea, una empresa, una EPS. Sin embargo, se han presentado varios casos en los que todo el personal médico hace uso de ella. La ley, y la Secretaría de Salud, establecen que, de ser este el caso, “será la EPS la que solucione internamente el conflicto para que se garantice el cumplimiento de la práctica del aborto en los casos despenalizados”.
Ley de papel
“Los médicos me dijeron que mi hija nacería con Síndrome de Turner”, dice una de las mujeres que no pudieron hacer valer la ley por encima de la voluntad de la EPS del caso. “Ellos me explicaron que el síndrome es una condición genética que consiste en que mi bebé nacería con 45 cromosomas, no 46, como todos nosotros. Le faltaría un cromosoma entero. Esto le podría ocasionar retraso mental, afecciones cardíacas, problemas de riñón y otra serie de enfermedades que harían de su vida un infierno viviente.
En medio de la tristeza, escribí, de mi puño y letra, un derecho de petición a Famisanar para solicitar la interrupción de mi embarazo. La respuesta llegó, muy cumplidamente, dos días después, con un rotundo no; la explicación que daban era que esa no era una afección grave y que la negativa estaba en línea con lo estipulado con la ley”.
De acuerdo con Benedetti, la desinformación es otra de las grandes trabas a la hora de solicitar la interrupción del embarazo. “Muchas mujeres y niñas no saben de qué habla la ley. Así como también hay entidades de salud que dicen que el aborto no es legal, incluso en los tres casos permitidos por la Corte”.
La Secretaría de Salud aclara que en la ciudad hay 57 instituciones públicas y privadas legalmente habilitadas para practicar el procedimiento. Según la entidad, a todas y cada una les hace seguimiento para verificar las condiciones de servicio.
Pero los problemas, a veces, van más allá de los vericuetos legales. Hay casos en donde las tácticas a las cuales recurren algunas personas para no practicar el procedimiento rayan en lo grotesco. “A una joven le pusieron a escuchar el latido del corazón de un bebé para disuadirla de interrumpirse el embarazo. Otras veces las han enviado a centros religiosos”, aclaró Benedetti.