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A través de edicto se buscará que el senador Armando Benedetti se notifique de la demanda de pérdida de investidura ante el Consejo de Estado que pesa en su contra por supuestas irregularidades que protagonizó en los debates de aprobación de la reforma política. La máxima instancia de lo contencioso administrativo publicó un emplazamiento, por no haber recibido respuesta por parte del parlamentario en torno a la presentación de la acción en su contra; de ser ignorado este nuevo llamado, el proceso se adelantará sin contar con la presencia del demandado. Para los fines indicados en el artículo 207 numeral 3 del C.C.A. (Código Contencioso Administrativo) se fija el presenta edicto en lugar público de la Secretaría por el término de cinco (5) días, del cual se expide copia para su publicación por dos (2) veces en días distintos dentro del mismo lapso en un periódico de amplia circulación» dice el emplazamiento expedido por la Secretaría General de la colegiatura. “Es un procedimiento de aquellos que tiene previsto la Ley, simplemente para asegurar la marcha de los procesos. En este caso concreto, en su momento, el magistrado ponente dispuso que se notificara el auto admisorio de la demanda para cuyo efecto se libraron comunicaciones en orden a tratar de efectuar esa notificación y, dado que no ha podido realizarse se acude a otro de los mecanismos que tiene previsto la norma, esto es realizar un emplazamiento”, sostuvo el presidente del Consejo de Estado, Mauricio Fajardo. Según la accionante Red de Veedurías Ver, el actual presidente del Congreso participó en la aprobación de la Reforma Política, luego de que el mismo Consejo de Estado precisó que si un congresista indagado por parapolítica integraba la discusión del proyecto, como este legislador, se haría merecedor a la sanción conocida como ‘la muerte política’. La entidad demandante, en cabeza de Pablo Bustos, recordó que poco antes de dar trámite al acto legislativo 001 de 2009, como fue radicado el proyecto, el Gobierno Nacional elevó una consulta al máximo tribunal de la jurisdicción contencioso administrativa, tratando de establecer si los parlamentarios que estuvieran siendo sometidos a investigaciones preliminares por supuestos vínculos con paramilitares debían declararse impedidos, toda vez que lo que se buscaba era imponer sanciones a partidos y dirigentes inmersos en tales alianzas ilegales. “La participación, así sea pasiva y por mera presencia, en el debate y votación de un proyecto sobre el cual el congresista valore que puede estar incurso en un conflicto de intereses, constituye argumento suficiente para decretar la pérdida de investidura (…) La Sala considera que en su esencia y finalidad el proyecto puede verse claramente afectado si en su discusión y decisión participa un congresista sobre quien exista algún tipo de señalamiento, así éste sólo se encuentre en etapa de indagación preliminar”, sostuvo el Consejo de Estado con la sustanciación de su saliente presidente Luis Fernando Álvarez en mayo 15 de 2008. Pese a la apertura de la investigación preliminar por presuntos vínculos con grupos paramilitares, sostuvo la Red, el hoy presidente del Congreso, Armando Benedetti, no sólo no declaró su impedimento, sino que tuvo parte procedente en la aprobación de esta y otras iniciativas legislativas como el Estatuto Anticorrupción y otros modificatorios del Código Penal relacionado con beneficios procesales. Según Pablo Bustos,es evidente que el senador del Partido de la U sí protagonizó un conflicto de intereses, lo que lo hizo incurrir en una causal de pérdida de investidura, que incluso fue advertida por el propio Consejo de Estado. “La naturaleza del conflicto de intereses hace que el hecho de que un congresista sea llamado o vinculado a una indagación preliminar por un asunto sobre el cual versa un proyecto de ley o Acto legislativo, de todas maneras pueda constituir una circunstancia subjetiva que afecte su razonamiento objetivo, lo que haría que tuviese que declararse impedido para participar en su debate y votación”, dice el texto de la consulta. En contra de Benedetti se expuso otro causal de pérdida de investidura por haber cambiado de Comisión en dos oportunidades, aparentemente, en medio de una serie de irregularidades. Pablo Bustos indicó en su momento que el senador omitió su deber de apartarse de la Plenaria en la que se definiría si era viable o no su paso a la Comisión Primera y que retornó a la Segunda sin quiera contar con el visto bueno del pleno.