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Estudiante modelo recupera derecho a beca, vedado por no estar en lista del Icfes

No fue reportado en la lista de los 50 mejores del país, pese a haber sido el mejor bachiller de Córdoba en 2008.

06 de julio de 2010 – 05:05 a. m.

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A Sebastián Federico Brunal Milanés, el mejor bachiller de Córdoba en 2008, se la abrió una puerta que se le ofreció impenetrable a lo largo de más de 18 meses, luego de que la Corte Constitucional reconociera su derecho sobre una beca a la que nunca pudo acceder, pese a los legítimos merecimientos que alcanzó sobre ella como el mejor estudiante de su departamento.

El joven no fue incluido en la lista de los 50 mejores estudiantes del país, elaborada por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, y de ahí que estuviera privado de los réditos del programa "Bachilleres por Colombia", mediante el cual Ecopetrol otorga becas universitarias a los más destacados bachilleres de la Nación cada año.

La Corporación encontró fundados los alegatos del accionante, quien señaló que, pese a ser reconocido inicialmente por la misma entidad como el mejor estudiante cordobés y el décimo sexto a nivel nacional, la publicación de una lista posterior derivó en su salida del grupo y la inclusión de otros que, contando con puntajes inferiores, resultaron beneficiados.

La Corte sostuvo que la salida del joven del grupo de los más destacados estudiantes derivó de una reglamentación posterior a la presentación del examen, por cuanto ese acto administrativo entraría en vigencia únicamente a partir de esa fecha y no afectaba en ningún momento el derecho ya ganado por el accionante, pues no podía tener un carácter retroactivo.

“Se advierte que el mencionado acto administrativo fue publicado en el Diario Oficial No. 47448 de agosto 21 de 2009 y sus consecuencias tendrían efecto a partir de esa fecha, como se verifica además en el artículo tercero de la citada disposición, en cuanto indica que ‘la presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación’”, señaló la Corporación, mediante el expediente T-2. 372.334.

El pronunciamiento obedece a la determinación de una Sala de Revisión de la Corporación, en la que fue confirmado el fallo emitido por el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Bogotá, mediante la sentencia T-132 de 2010, en la cual se halló vulnerado el derecho fundamental al debido proceso que cobija al accionante.

En fallo de segunda instancia, la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá había revocado la determinación, tras precisar que el demandante contaba con otros recursos jurídicos para buscar acceder a sus pretensiones.

En consecuencia, el Icfes deberá incluir el nombre de Brunal Milanés en la lista de los 50 mejores bachilleres de 2008, con el fin de que el joven pueda hacer efectivo el goce de los derechos que le fueron vulnerados con ocasión del concurso, por determinación de la Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional.

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